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# Prórroga oficial de Ganancias y Bienes Personales: nuevas fechas de vencimiento

> ARCA oficializó la prórroga para la presentación y pago de las declaraciones juradas anuales de Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular. Repasamos el impacto para contadores y contribuyentes.

ARCA confirmó de manera oficial la prórroga para la presentación y pago de las declaraciones juradas anuales del **Impuesto a las Ganancias**, **Bienes Personales** e **Impuesto Cedular** correspondientes al período fiscal en curso. La medida, esperada por estudios contables y contribuyentes en los últimos días, otorga aire adicional para cerrar liquidaciones que venían complicadas por el volumen de operaciones y las particularidades del ejercicio.

En esta nota repasamos los puntos clave de la prórroga, a quiénes alcanza y qué recomendaciones operativas conviene tener en cuenta para no llegar al límite.

## Qué establece la prórroga

La disposición de ARCA corre los vencimientos originales previstos en el cronograma general de personas humanas y sucesiones indivisas. La medida abarca tres tributos que se liquidan en forma anual:

* **Impuesto a las Ganancias** — personas humanas y sucesiones indivisas.
* **Bienes Personales** — incluyendo la valuación de acciones, participaciones y bienes en el exterior.
* **Impuesto Cedular** — sobre rendimientos financieros y enajenación de inmuebles alcanzados.

<Info>
  La prórroga aplica tanto a la **presentación de la declaración jurada** como al **pago del saldo resultante**. Ambos actos se corren en conjunto, evitando el desfasaje que en años anteriores obligaba a ingresar el impuesto antes de terminar de conciliar los papeles de trabajo.
</Info>

### Alcance subjetivo

Quedan comprendidos:

* Personas humanas inscriptas en Ganancias y/o Bienes Personales.
* Sucesiones indivisas con obligación de presentar.
* Contribuyentes del régimen cedular (rentas financieras, dividendos, venta de inmuebles con costo posterior a 2018).
* Responsables sustitutos de Bienes Personales por participaciones societarias (acciones y participaciones).

Los responsables inscriptos en el impuesto a las Ganancias como personas jurídicas mantienen su cronograma habitual según cierre de ejercicio; la prórroga no los alcanza.

## Cronograma de vencimientos

<Warning>
  Verificá el número de CUIT de cada contribuyente para determinar el día exacto de vencimiento. ARCA mantiene el esquema escalonado por terminación de CUIT sobre las nuevas fechas prorrogadas.
</Warning>

| Trámite | Vencimiento original | Nueva fecha (prorrogada) |
| - | - | - |
| Presentación DDJJ Ganancias personas humanas | Junio | Fecha corrida por ARCA según terminación de CUIT |
| Presentación DDJJ Bienes Personales | Junio | Fecha corrida por ARCA según terminación de CUIT |
| Pago del saldo Ganancias / Bienes Personales | Junio | Fecha corrida por ARCA según terminación de CUIT |
| Impuesto Cedular | Junio | Fecha corrida por ARCA según terminación de CUIT |

Recomendamos consultar el detalle día por día en el micrositio de ARCA, dado que la resolución establece el nuevo calendario con desagregado por dígito verificador.

## Recomendaciones operativas para el estudio

<Steps>
  <Step title="Confirmá el padrón de clientes alcanzados">
    Cruzá tu cartera con quienes tienen obligación anual en Ganancias y Bienes Personales. Sumá a los responsables sustitutos por participaciones societarias, que suelen quedar fuera del radar hasta último momento.
  </Step>

  <Step title="Descargá comprobantes y retenciones actualizados">
    Antes de armar la DDJJ, actualizá los sistemas de retenciones y percepciones sufridas. Un desfasaje en esta información obliga a rectificar más adelante.
  </Step>

  <Step title="Conciliá facturación electrónica con lo declarado">
    Revisá que los comprobantes emitidos y recibidos coincidan con los ingresos y gastos computados. La trazabilidad entre facturación y DDJJ es cada vez más relevante en las fiscalizaciones.
  </Step>

  <Step title="Generá el VEP con anticipación">
    No dejes el pago para las últimas horas del vencimiento. Los cuelgues de sistema en fechas críticas son habituales y pueden derivar en intereses resarcitorios innecesarios.
  </Step>

  <Step title="Documentá la valuación de bienes">
    Especialmente en Bienes Personales, guardá los papeles de trabajo con valuaciones de inmuebles, automotores, participaciones y activos financieros al 31/12. Es el respaldo ante cualquier requerimiento posterior.
  </Step>
</Steps>

## Puntos a tener en cuenta

* **Intereses y multas**: al correrse el vencimiento, los intereses resarcitorios recién se computan desde la nueva fecha. Pagar antes no genera crédito, pero pagar después de la prórroga sí devenga intereses.
* **Anticipos**: la prórroga de la DDJJ no modifica el régimen de anticipos del período siguiente, que se calculan sobre el impuesto determinado.
* **Planes de facilidades**: quienes no puedan afrontar el saldo pueden adherir al plan de pagos vigente en ARCA una vez presentada la declaración.

<Info>
  Si el contribuyente ya presentó y pagó antes de conocerse la prórroga, la declaración es válida y no requiere ningún trámite adicional. La prórroga es una opción de plazo mayor, no una obligación de esperar.
</Info>

## ¿Qué cambia en Facturear?

En **facture.ar** no hay cambios operativos derivados de esta prórroga: la plataforma se enfoca en la emisión de comprobantes electrónicos y no interviene en la liquidación de Ganancias, Bienes Personales ni Impuesto Cedular.

Sí es un buen momento para aprovechar las herramientas de exportación de comprobantes emitidos y recibidos: los reportes por período te permiten armar rápidamente los papeles de trabajo de ingresos gravados y gastos deducibles de tus clientes, acelerando el armado de la DDJJ antes de los nuevos vencimientos.

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