> ## Documentation Index
> Fetch the complete documentation index at: https://docs.facture.ar/llms.txt
> Use this file to discover all available pages before exploring further.

# Ganancias: actualización de agosto y nuevo piso salarial cercano a $2,9 millones

> En agosto se ajustan las deducciones y escalas del Impuesto a las Ganancias para trabajadores en relación de dependencia, tomando como base la inflación de junio.

Desde agosto rige una nueva actualización de los parámetros del Impuesto a las Ganancias que aplica sobre los sueldos en relación de dependencia. El reajuste toma como referencia el dato de inflación de junio que difunde el INDEC esta semana y modifica tanto el mínimo no imponible como las deducciones personales y los tramos de la escala del artículo 94 de la Ley 20.628.

Con el nuevo esquema, el salario neto promedio mínimo a partir del cual un trabajador sin cargas de familia comienza a tributar se ubicará en torno a los **\$2,9 millones mensuales**.

## Cómo funciona la actualización

La Ley 27.617 y su reglamentación establecen que los valores de deducciones y escalas se ajustan periódicamente por la variación del RIPTE o, en su defecto por decisión del Ejecutivo, por IPC. En la práctica reciente, los ajustes vienen aplicándose de forma **semestral en enero y julio**, con actualizaciones intermedias que replican la inflación mensual acumulada.

<Info>
  La actualización que rige desde agosto se calcula sobre la base del IPC de junio. Los empleadores, en su rol de agentes de retención (RG AFIP 4003/E), deben aplicar los nuevos valores al liquidar los sueldos devengados en el mes.
</Info>

### Qué cambia con el reajuste

* Se elevan los importes de **deducciones personales**: mínimo no imponible, deducción especial y cargas de familia (cónyuge/conviviente e hijos).
* Se actualizan los **tramos de la escala progresiva** del impuesto, evitando que trabajadores caigan en alícuotas más altas por efecto nominal de aumentos salariales.
* Se recalculan topes de deducciones específicas (alquileres, servicio doméstico, seguros, entre otras).

## Piso salarial estimado

| Situación del trabajador                 | Salario neto mensual aproximado desde el cual tributa |
| ---------------------------------------- | ----------------------------------------------------- |
| Sin deducciones por familiares ni gastos | \~\$2.900.000                                         |
| Con cónyuge e hijos a cargo              | Superior, según composición familiar                  |

<Warning>
  El valor de \$2,9 millones corresponde al **neto promedio del año**, no al bruto ni al sueldo de un mes puntual. La retención se calcula acumulativamente mes a mes, por lo que un sueldo aislado por encima de ese umbral no necesariamente genera retención si el promedio anual queda por debajo.
</Warning>

## Qué deben hacer los empleadores

<Steps>
  <Step title="Cargar los nuevos parámetros">
    Actualizar en el sistema de liquidación de sueldos los importes de deducciones personales y los tramos de la escala vigentes desde agosto.
  </Step>

  <Step title="Revisar el F. 572 web (SiRADIG)">
    Verificar que las deducciones informadas por los empleados estén cargadas y respaldadas antes del cierre de la liquidación mensual.
  </Step>

  <Step title="Recalcular retenciones acumuladas">
    Aplicar los nuevos valores sobre la base acumulada del período fiscal 2026, ajustando las retenciones proyectadas hasta fin de año.
  </Step>

  <Step title="Informar en el recibo">
    Reflejar de forma clara en el recibo de sueldo el concepto y monto retenido, conforme al artículo 12 de la Ley 20.744.
  </Step>
</Steps>

## Impacto en la planificación

Para los equipos de administración y contadores que asesoran empresas, el ajuste implica revisar:

* **Proyecciones de costo laboral**: aunque el impuesto no es carga patronal, afecta el neto que percibe el trabajador y suele ser variable en negociaciones salariales.
* **Bonos y gratificaciones extraordinarias**: los pagos no habituales tienen tratamiento específico y su impacto en la retención cambia con los nuevos umbrales.
* **Empleados en el límite**: quienes venían pagando por poco margen pueden salir del alcance del impuesto tras el ajuste, o viceversa si el sueldo se actualizó por paritaria.

<Info>
  Los trabajadores que quieran declarar nuevas deducciones (alquiler de vivienda, personal doméstico, cuota médico-asistencial, intereses de créditos hipotecarios, entre otros) deben cargarlas en el **SiRADIG-Trabajador** a través de la web de ARCA. La carga puede hacerse en cualquier momento del año, pero conviene mantenerla al día para que las retenciones mensuales reflejen la situación real.
</Info>

## Otros temas del mes a tener en cuenta

En paralelo al ajuste de Ganancias, ARCA habilitó un **nuevo plan de pagos** para regularizar deudas vencidas hasta el 30 de junio, orientado a MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, con financiación de hasta 18 cuotas. Y se actualizaron los topes del monotributo: en la categoría K, la facturación promedio mensual admitida supera los \$10,5 millones sin quedar excluido del régimen.

## ¿Qué cambia en Facturear?

La actualización del Impuesto a las Ganancias sobre sueldos **no impacta directamente** en la operatoria de facturación electrónica ni en los circuitos de emisión de comprobantes de Facturear, ya que se trata de un tributo aplicado sobre la nómina y no sobre la venta.

Si liquidás sueldos por fuera de la plataforma, recordá cargar los nuevos parámetros en tu sistema de payroll a partir de agosto. Desde Facturear seguimos informando cada novedad impositiva que afecte a los contribuyentes argentinos.
