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# Aguinaldo y Ganancias: cómo pedir el diferimiento para no tributar en junio

> Guía práctica para empleados y empleadores: cómo aplicar el método de diferimiento del SAC en la liquidación de Ganancias y evitar el descuento de junio.

Con la liquidación del primer Sueldo Anual Complementario (SAC) en curso, miles de empleados en relación de dependencia se encuentran con un descuento adicional en concepto de Impuesto a las Ganancias sobre el medio aguinaldo. Existe, sin embargo, un mecanismo legal —el **diferimiento**— que permite evitar ese impacto en junio y prorratearlo a lo largo del año fiscal.

En esta nota repasamos cómo funciona, qué tiene que hacer el empleado, qué debe contemplar el empleador y desde qué nivel de ingresos se termina tributando igual en julio.

## Qué es el método de diferimiento del SAC

La normativa de retención del Impuesto a las Ganancias sobre rentas del trabajo en relación de dependencia prevé dos formas de tratar el aguinaldo:

1. **Cálculo real**: el empleador retiene Ganancias sobre el SAC efectivamente cobrado en el mes de pago (junio y diciembre).
2. **Cálculo por diferimiento (doceavas partes)**: el empleador no toma el SAC cobrado en el mes, sino que adiciona mensualmente una doceava parte de las remuneraciones gravadas como provisión del aguinaldo.

Bajo el segundo método, el impacto del SAC se distribuye en partes iguales durante todo el año fiscal. El resultado práctico es que en **junio no se ve un descuento extraordinario** por el medio aguinaldo, porque la carga ya viene siendo absorbida mes a mes.

<Info>
  El diferimiento no es una exención ni una reducción del impuesto: es una forma de **prorratear** la carga tributaria del SAC a lo largo del año. El monto total anual de Ganancias termina siendo equivalente.
</Info>

## Cómo solicitarlo: paso a paso

El pedido debe hacerlo el empleado ante su empleador, que actúa como agente de retención.

<Steps>
  <Step title="Solicitud formal al empleador">
    El trabajador debe pedir por escrito (nota, mail o el canal interno que disponga RR.HH.) que se aplique el método de diferimiento sobre el SAC.
  </Step>

  <Step title="Recepción por el área de liquidación de sueldos">
    El sector de payroll o el estudio contable que liquida sueldos toma el pedido y modifica el parámetro de cálculo en el sistema de liquidación.
  </Step>

  <Step title="Aplicación en la liquidación de junio">
    La liquidación del medio aguinaldo se procesa sin retención específica por SAC: el impuesto queda incorporado en las retenciones mensuales del año.
  </Step>

  <Step title="Mantenimiento durante el año fiscal">
    Una vez optado el método, se sostiene durante todo el período fiscal para evitar distorsiones en la liquidación final anual.
  </Step>
</Steps>

<Warning>
  La solicitud es **urgente**: si el empleador ya cerró la liquidación de junio con el cálculo real, no podrá modificarla retroactivamente. El pedido tiene que llegar antes del cierre del proceso de sueldos.
</Warning>

## Desde qué monto se paga Ganancias en julio

Aun aplicando el diferimiento, los empleados cuyos ingresos superen el mínimo no imponible para trabajadores en relación de dependencia continuarán tributando mes a mes. La diferencia es **cuándo** y **cómo** se ve el descuento:

| Método       | Junio (mes de SAC)                         | Resto del año                                               |
| ------------ | ------------------------------------------ | ----------------------------------------------------------- |
| Cálculo real | Retención adicional por el medio aguinaldo | Retención normal por sueldo                                 |
| Diferimiento | Sin retención específica por SAC           | Retención mensual incrementada con la doceava parte del SAC |

Para quienes están por debajo del piso del impuesto en el cálculo anualizado, ninguno de los dos métodos genera retención. Para los que están por encima, el diferimiento simplemente suaviza la curva.

## Qué debe tener en cuenta el empleador

* **Documentar la opción**: conviene archivar la solicitud del empleado para respaldar el criterio aplicado ante una eventual fiscalización.
* **Coherencia en el F. 1357**: la liquidación anual e informativa de Ganancias debe reflejar el método elegido.
* **Empleados nuevos**: si el trabajador ingresó durante el año, hay que revisar cómo computó el SAC su empleador anterior según el F. 1357 recibido.
* **Pluriempleo**: cuando hay más de un empleador, el agente de retención designado debe consolidar la información y aplicar el método consistentemente.

<Info>
  La opción por el diferimiento es del empleado, no del empleador. La empresa no puede imponer un método ni negarse a aplicar el solicitado, en la medida en que esté contemplado por la normativa de retención vigente.
</Info>

## Recomendación para contadores y estudios

Es buena práctica enviar una **comunicación interna** a los clientes empresa antes de cada liquidación de SAC (junio y diciembre) recordando:

1. Que existe la opción de diferimiento.
2. Que el pedido debe ser del empleado.
3. La fecha límite interna para recibir las solicitudes antes del cierre de la liquidación.

Esto evita reclamos posteriores y ordena el circuito administrativo.

## ¿Qué cambia en Facturear?

**No hay impacto en la plataforma.** Facture.ar es un sistema de facturación electrónica y no interviene en la liquidación de sueldos ni en el cálculo de retenciones de Ganancias sobre rentas del trabajo en relación de dependencia. La gestión del diferimiento del SAC se resuelve íntegramente en el sistema de liquidación de haberes del empleador o del estudio que procesa la nómina.
