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# Certificado de trabajo digital: ARCA lo emitirá automáticamente

> ARCA habilitó el certificado de trabajo digital del art. 80 LCT, generado con datos de altas, bajas, sueldos y aportes. Qué cambia para empleadores y contadores.

ARCA puso en marcha el **certificado de trabajo digital** previsto en el artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). El organismo lo generará de forma automática a partir de la información que ya tiene cargada en sus sistemas: altas y bajas en "Mi Simplificación", remuneraciones declaradas en F.931 y aportes y contribuciones efectivamente ingresados.

Para los empleadores y los estudios contables que liquidan sueldos, el cambio es relevante: el certificado del art. 80 es una de las principales fuentes de litigiosidad en desvinculaciones, ya sea por demoras en la entrega, errores en los datos o intimaciones del trabajador para forzar la multa del art. 45 de la Ley 25.345.

## Qué es el certificado del art. 80 LCT

El art. 80 de la LCT obliga al empleador a entregar al trabajador, al momento de la extinción del vínculo, una constancia documentada de:

* Tiempo de servicios prestados.
* Sueldos percibidos.
* Aportes y contribuciones efectuados a los organismos de la seguridad social.
* Calificación profesional obtenida.

Históricamente, este certificado se confeccionaba en el formulario PS.6.2 (ANSES) y, más recientemente, mediante el aplicativo "Certificación de Servicios y Remuneraciones" de ARCA (ex AFIP). La novedad es que ahora **ARCA arma el documento por sí mismo** con la información de sus bases.

## Cómo se genera el nuevo certificado

<Info>
  El certificado digital se construye con los datos que el empleador ya declaró históricamente: nóminas, F.931 y aportes pagados. No requiere cargar información nueva si las declaraciones están al día.
</Info>

<Steps>
  <Step title="Verificación previa de datos">
    Revisen que las altas, bajas y declaraciones juradas mensuales (F.931) estén correctamente presentadas y sin inconsistencias.
  </Step>

  <Step title="Generación en el portal de ARCA">
    El empleador ingresa con CUIT y Clave Fiscal al servicio correspondiente y solicita la emisión del certificado del trabajador desvinculado.
  </Step>

  <Step title="Descarga y entrega">
    El sistema genera el PDF con los datos consolidados, listo para descargar y entregar al trabajador dentro de los plazos legales.
  </Step>

  <Step title="Constancia de entrega">
    Documenten la entrega (acta, telegrama, plataforma de notificación) para evitar reclamos por la multa del art. 45 de la Ley 25.345.
  </Step>
</Steps>

## Impacto en juicios laborales

Una parte importante de las demandas por despido incluye reclamos por entrega defectuosa o tardía del certificado del art. 80. La indemnización adicional equivale a **tres remuneraciones mensuales**, lo que vuelve crítico el cumplimiento formal.

Con el certificado generado automáticamente por ARCA:

* Se reduce el margen de error en los datos volcados (fechas, categorías, sueldos).
* Se acorta el tiempo de confección, clave frente a los plazos de intimación.
* Queda registro en los sistemas del organismo de la información utilizada.

<Warning>
  La emisión automática **no exime** al empleador de su obligación de entregar el certificado al trabajador. Tampoco subsana deudas previsionales: si hay aportes impagos, eso seguirá reflejándose en el documento y puede ser usado en juicio.
</Warning>

## Qué tienen que revisar los estudios contables

La calidad del certificado depende directamente de la información histórica declarada. Antes de cada desvinculación conviene chequear:

| Punto de control           | Dónde se valida                |
| -------------------------- | ------------------------------ |
| Alta y baja del trabajador | Mi Simplificación              |
| Remuneraciones mensuales   | F.931 presentados              |
| Aportes y contribuciones   | Estado de cumplimiento en ARCA |
| Categoría y CCT aplicable  | Legajo y recibos               |
| Fechas de ingreso/egreso   | Coincidencia entre sistemas    |

Cualquier inconsistencia entre el legajo interno y los datos de ARCA va a aparecer en el certificado digital. Por eso, **la prolijidad en las cargas mensuales pasa a ser determinante** para la defensa frente a un eventual reclamo.

## Recomendaciones operativas

* Auditar periódicamente la información de nómina cargada en ARCA, no solo al momento del despido.
* Conservar evidencia de la entrega del certificado (telegrama colacionado, acta notarial o medio fehaciente).
* Frente a intimaciones del art. 80 (plazo de 30 días corridos desde los 30 días de extinguido el vínculo), actuar de inmediato generando y entregando el certificado digital.
* Capacitar al área de RR.HH. y liquidación de sueldos en el nuevo circuito.

## ¿Qué cambia en Facturear?

**No hay impacto directo en Facturear.** Nuestra plataforma está orientada a facturación electrónica y gestión de comprobantes fiscales, no a liquidación de sueldos ni a gestión de personal. El certificado de trabajo digital se tramita íntegramente en el portal de ARCA con Clave Fiscal del empleador. Si gestionás facturación de honorarios profesionales vinculados a liquidación de sueldos o asesoramiento laboral, podés seguir emitiendo tus comprobantes con normalidad desde Facturear.
