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# Deducciones en Ganancias: qué gastos podés descontar y cómo cargarlos en la DDJJ

> Guía práctica para contadores y contribuyentes sobre las deducciones admitidas en el Impuesto a las Ganancias: cargas de familia, gastos médicos, alquileres y más. Cómo informarlas correctamente en la declaración jurada.

La declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias es una de las instancias clave donde se define cuánto termina pagando efectivamente cada contribuyente. Más allá del cálculo de la ganancia neta, son las deducciones admitidas las que permiten reducir la base imponible y, en consecuencia, el impuesto determinado. Conocerlas en detalle y cargarlas correctamente es la diferencia entre una liquidación optimizada y una que deja plata sobre la mesa.

En esta guía repasamos los principales conceptos deducibles vigentes y cómo informarlos al momento de preparar la DDJJ, tanto para empleados en relación de dependencia (a través del SiRADIG) como para autónomos.

## Qué son las deducciones y por qué importan

Las deducciones son gastos que la ley reconoce como restables de la ganancia bruta antes de aplicar la escala del impuesto. No son un crédito fiscal ni un reintegro: operan disminuyendo la base sobre la que se calcula el tributo. Por eso, su impacto real depende de la alícuota marginal del contribuyente.

<Info>
  Para que un gasto sea deducible debe estar respaldado por comprobantes válidos (factura A, B o C según corresponda), estar a nombre del contribuyente o de una carga de familia declarada, y haberse abonado mediante medios bancarizados cuando la normativa así lo exige.
</Info>

## Cargas de familia

Las cargas de familia son una de las deducciones más utilizadas. Permiten descontar un monto fijo anual por cada familiar a cargo que cumpla con los requisitos legales:

* **Cónyuge o conviviente** (con unión convivencial inscripta).
* **Hijos, hijastros** menores de 18 años o incapacitados para el trabajo.

Los requisitos generales son que el familiar resida en el país, esté efectivamente a cargo del contribuyente y no obtenga ingresos netos anuales superiores al mínimo no imponible vigente.

<Warning>
  Una carga de familia mal declarada (por ejemplo, un hijo que superó el límite de edad o un cónyuge con ingresos propios por encima del tope) puede generar ajustes y multas en una fiscalización posterior. Conviene revisar año a año la situación de cada integrante del grupo familiar.
</Warning>

## Gastos médicos y prepaga

Dentro de la salud se admiten dos deducciones diferenciadas:

| Concepto                           | Tope / Condición                                                             |
| ---------------------------------- | ---------------------------------------------------------------------------- |
| Cuotas de medicina prepaga         | Hasta el límite porcentual sobre la ganancia neta que fije la reglamentación |
| Honorarios médicos y odontológicos | 40% de lo facturado, con tope sobre la ganancia neta                         |

Para los honorarios, la deducción procede solo sobre la parte **no reintegrada** por la obra social o prepaga. Es decir: si la prepaga cubrió el 70% de una consulta, solo se puede tomar el 40% del 30% restante.

## Alquiler de vivienda

Quienes alquilen su vivienda destinada a casa-habitación pueden deducir hasta el **40% del monto del alquiler**, con el tope del mínimo no imponible anual, siempre que no sean titulares de ningún inmueble en ninguna proporción. Requiere contrato de locación registrado y facturas emitidas por el locador.

## Otros conceptos deducibles frecuentes

* **Intereses de créditos hipotecarios** por casa-habitación, con tope anual.
* **Personal doméstico**: sueldos y contribuciones, hasta el equivalente al mínimo no imponible.
* **Seguros de vida y de retiro**, con topes específicos.
* **Donaciones** a fiscos nacionales, provinciales, municipales y entidades exentas reconocidas, hasta el 5% de la ganancia neta.
* **Aportes a planes de seguro de retiro privados**.
* **Gastos de sepelio** del contribuyente o cargas de familia.
* **Movilidad, viáticos y gastos de corredores y viajantes** de comercio.

## Cómo cargar las deducciones paso a paso

<Steps>
  <Step title="Relevamiento de comprobantes">
    Juntá todos los comprobantes del período fiscal: facturas de prepaga, recibos de alquiler, contratos, facturas de honorarios médicos, recibos de personal doméstico, etc.
  </Step>

  <Step title="Validación de requisitos formales">
    Verificá que cada comprobante esté a nombre del contribuyente o de una carga declarada, y que el medio de pago cumpla con la bancarización exigida.
  </Step>

  <Step title="Carga en SiRADIG (empleados en relación de dependencia)">
    Ingresá al servicio con clave fiscal y completá el F.572 web informando cargas de familia, deducciones y percepciones sufridas. El plazo habitual cierra el **31 de marzo** del año siguiente al período declarado.
  </Step>

  <Step title="Liquidación anual (autónomos)">
    Cargá las deducciones en el aplicativo o servicio web de Ganancias Personas Humanas al confeccionar la DDJJ anual.
  </Step>

  <Step title="Conservación de respaldo">
    Guardá los comprobantes por el plazo de prescripción fiscal. Ante un requerimiento, son la prueba de la deducción tomada.
  </Step>
</Steps>

## Errores frecuentes a evitar

* Tomar el 100% de honorarios médicos en lugar del 40% admitido.
* Deducir alquiler siendo titular —aunque sea parcial— de otro inmueble.
* Olvidar descontar los reintegros de la prepaga al calcular honorarios deducibles.
* No actualizar las cargas de familia cuando un hijo cumple 18 años.
* Cargar gastos sin factura o con comprobantes a nombre de terceros.

## ¿Qué cambia en Facturear?

En Facturear no hay cambios operativos: se trata de una guía sobre deducciones del Impuesto a las Ganancias aplicables a la declaración jurada de personas humanas, instancia que se gestiona directamente en los servicios de ARCA (SiRADIG y aplicativo de Ganancias). De todos modos, los comprobantes emitidos y recibidos a través de Facturear constituyen el respaldo documental clave para justificar deducciones, por lo que recomendamos a contadores y empresas mantener el archivo de facturas ordenado y exportable desde la plataforma al momento de armar la DDJJ anual.
