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# Monotributo julio 2026: nuevas cuotas y recategorización semestral

> Actualización de escalas del monotributo por inflación semestral. Cuotas vigentes desde julio 2026, categorías afectadas y plazos para recategorizarse.

El régimen simplificado para pequeños contribuyentes actualizó nuevamente sus parámetros y escalas para el segundo semestre de 2026. La adecuación responde al mecanismo de ajuste automático por inflación, y trae consigo nuevos topes de facturación, valores de cuota mensual y la obligación de revisar la categoría en la que cada contribuyente se encuentra encuadrado.

En este artículo repasamos qué implica la actualización, quiénes deben recategorizarse y qué fechas hay que tener en el radar durante julio.

## Por qué se actualizan las escalas

El monotributo cuenta con un mecanismo de actualización semestral de sus parámetros, atado a la evolución del índice de precios. Cada enero y julio se recalculan:

* Los **topes máximos de facturación anual** de cada categoría (de la A a la K).
* El **valor de la cuota mensual**, que se compone del impuesto integrado, el aporte jubilatorio y el aporte a la obra social.
* Los **parámetros físicos** (alquileres devengados, energía eléctrica consumida, superficie afectada).

<Info>
  La actualización busca evitar el "arrastre inflacionario" que expulsaba contribuyentes del régimen simplificado hacia el régimen general por el solo efecto nominal de los precios, sin un aumento real de su actividad.
</Info>

## Quiénes deben recategorizarse

La recategorización semestral es obligatoria para quienes, evaluando los últimos 12 meses de actividad al 30 de junio, hayan superado los parámetros de su categoría actual o hayan quedado en una inferior.

No están obligados a recategorizarse:

* Quienes se inscribieron hace menos de seis meses.
* Quienes mantienen la misma categoría luego del análisis (aunque conviene dejar constancia del cálculo realizado).

### Cómo se hace el análisis

<Steps>
  <Step title="Sumá los ingresos brutos">
    Considerá la facturación de los últimos 12 meses calendario contados hasta el 30 de junio de 2026.
  </Step>

  <Step title="Revisá los parámetros físicos">
    Energía eléctrica consumida, superficie afectada a la actividad y alquileres devengados en el mismo período.
  </Step>

  <Step title="Compará con las nuevas escalas">
    Ubicá la categoría que corresponde según los topes actualizados para el segundo semestre 2026.
  </Step>

  <Step title="Confirmá en el portal">
    Ingresá con clave fiscal al portal del Monotributo y realizá la recategorización, aun cuando el sistema sugiera la categoría vigente.
  </Step>
</Steps>

<Warning>
  La recategorización de julio tiene fecha límite dentro del mismo mes. No hacerla, o hacerla mal, puede derivar en recategorización de oficio, multas equivalentes al 50% del impuesto integrado omitido e intereses.
</Warning>

## Impacto sobre la cuota mensual

Con la actualización, todas las categorías registran un incremento en el valor de la cuota mensual. La cuota sigue integrando tres componentes:

| Componente                | Destino                                     |
| ------------------------- | ------------------------------------------- |
| Impuesto integrado        | AFIP – tributo nacional                     |
| Aporte previsional (SIPA) | Jubilación futura del contribuyente         |
| Aporte a obra social      | Cobertura de salud del titular y adherentes |

Los aumentos afectan de manera diferencial: las categorías más altas (H a K) muestran incrementos mayores en términos absolutos, mientras que las categorías iniciales (A, B, C) mantienen aportes más contenidos por su condición de pequeños contribuyentes.

<Info>
  Los prestadores de servicios y quienes venden cosas muebles tienen tablas diferenciadas a partir de la categoría H. Verificá siempre en cuál de las dos columnas corresponde tu actividad principal.
</Info>

## Errores frecuentes a evitar

* **No considerar los 12 meses completos**: el análisis semestral no se hace sobre los últimos 6 meses, sino sobre los 12 meses previos al cierre.
* **Olvidar los ingresos exentos o no gravados**: para el parámetro de ingresos brutos del monotributo se toma la facturación total del régimen.
* **Ignorar los parámetros físicos**: aun con ingresos que encuadran en una categoría baja, el consumo eléctrico o el alquiler pueden empujar a una categoría superior.
* **Confundir recategorización con baja**: si se superó el tope máximo de la categoría K, corresponde exclusión del régimen y pase a responsable inscripto, no una recategorización.

## Recomendaciones para contadores y estudios

Para las carteras de clientes monotributistas, conviene:

1. Anticipar el cálculo antes del 30 de junio, no esperar al vencimiento de julio.
2. Documentar los papeles de trabajo con los ingresos y parámetros físicos considerados.
3. Alertar a los clientes cuya facturación se acerque al tope de categoría K sobre la posible necesidad de migrar al régimen general.
4. Revisar si corresponden cambios en los adherentes a obra social, ya que la cuota adicional también se actualizó.

## ¿Qué cambia en Facturear?

En lo operativo, **no hay cambios en la emisión de comprobantes** para monotributistas: los tipos de factura (C principalmente), los puntos de venta y el circuito de facturación electrónica se mantienen sin modificaciones.

Sí es un buen momento para que revises en tu cuenta que la categoría cargada en el perfil fiscal coincida con la nueva categoría luego de la recategorización de julio, de modo que los reportes y totales acumulados reflejen correctamente tu situación frente al régimen actualizado.
