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# Calendario del Monotributo: las 8 fechas clave de julio y agosto de 2026

> Guía práctica con los vencimientos, la recategorización y las obligaciones que enfrentan los monotributistas durante el bimestre julio-agosto de 2026.

Julio y agosto son meses críticos para los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado. En este bimestre se concentran obligaciones que combinan el pago mensual, la recategorización semestral y una serie de controles que ARCA (ex AFIP) realiza sobre la situación fiscal de cada monotributista. Perder de vista alguna de estas fechas puede derivar en exclusiones, recategorizaciones de oficio o intereses resarcitorios.

A continuación repasamos las **8 fechas clave** que tanto contadores como contribuyentes deben tener en agenda para cumplir en tiempo y forma.

## Por qué este bimestre es especial

El período julio-agosto concentra dos hitos que no se repiten todos los meses:

* La **recategorización semestral de julio**, que evalúa los ingresos, alquileres devengados, energía eléctrica consumida y superficie afectada de los últimos 12 meses.
* El **pago mensual de la cuota**, que sigue su cronograma habitual pero se cruza con los plazos de la recategorización.

<Info>
  La recategorización de julio abarca el semestre enero-junio, pero el cálculo se realiza sobre los parámetros acumulados de los 12 meses anteriores al fin del semestre calendario.
</Info>

## Las 8 fechas que no podés olvidar

<Warning>
  Todas las fechas límite operan hasta las 24:00 del día indicado. Los pagos mediante VEP requieren generación previa y pueden demorar en impactar según el medio de pago elegido.
</Warning>

### Cronograma julio-agosto 2026

| # | Obligación                                          | Período / Detalle                     |
| - | --------------------------------------------------- | ------------------------------------- |
| 1 | Pago mensual de julio                               | Vencimiento según terminación de CUIT |
| 2 | Recategorización semestral                          | Enero a junio de 2026                 |
| 3 | Presentación de DDJJ informativa (categorías altas) | Semestre enero-junio                  |
| 4 | Pago de la nueva cuota recategorizada               | A partir de agosto                    |
| 5 | Pago mensual de agosto                              | Vencimiento según terminación de CUIT |
| 6 | Regularización de deudas previas                    | Para evitar exclusión                 |
| 7 | Actualización de datos en el portal                 | Domicilio, actividad y facturación    |
| 8 | Control de facturación electrónica                  | Emisión bajo el régimen vigente       |

<Info>
  El detalle de días exactos de vencimiento por terminación de CUIT es publicado por ARCA mediante calendario anual. Te recomendamos verificar en el portal oficial antes de cada operación.
</Info>

## Recategorización: el eje del bimestre

La recategorización es el trámite más sensible del período. El monotributista debe evaluar:

<Steps>
  <Step title="Revisar ingresos brutos de los últimos 12 meses">
    Sumá la facturación efectivamente emitida entre julio de 2025 y junio de 2026.
  </Step>

  <Step title="Verificar parámetros físicos">
    Controlá superficie afectada, energía eléctrica consumida y alquileres devengados.
  </Step>

  <Step title="Comparar con la tabla de categorías vigente">
    Ubicá la categoría que corresponde según el parámetro más alto alcanzado.
  </Step>

  <Step title="Confirmar o modificar la categoría en el portal">
    Ingresá con clave fiscal al portal Monotributo y confirmá la recategorización.
  </Step>

  <Step title="Pagar la nueva cuota a partir de agosto">
    El importe recategorizado se abona desde el mes siguiente al trámite.
  </Step>
</Steps>

<Warning>
  Si no realizás la recategorización estando obligado, ARCA puede recategorizarte de oficio en una categoría superior, aplicar multas equivalentes al 50% del impuesto integrado y computar el período como incumplido.
</Warning>

## Consecuencias del incumplimiento

Además de las multas, un monotributista que supere los topes de la categoría máxima y no se dé de baja puede quedar **excluido de pleno derecho**, con obligación de inscribirse en el Régimen General (IVA y Ganancias) desde el momento en que ocurrió la causal.

Entre las causales frecuentes se destacan:

* Superar el tope de ingresos brutos anuales de la categoría máxima.
* Realizar más de 3 actividades simultáneas o poseer más de 3 unidades de explotación.
* Adquirir bienes o realizar gastos personales incompatibles con los ingresos declarados.
* Recibir depósitos bancarios incompatibles con la categoría declarada.

## Recomendaciones para contadores y estudios

Para quienes gestionan carteras de monotributistas, sugerimos:

* Armar un tablero con los CUIT y sus terminaciones para anticipar vencimientos.
* Cruzar la facturación emitida con los topes de cada categoría **antes** del 20 de julio.
* Verificar deudas pendientes en la cuenta corriente de ARCA para evitar bajas automáticas.
* Documentar la comunicación con el cliente sobre la categoría sugerida.

<Info>
  Recordá que la baja automática por falta de pago se produce tras 10 meses consecutivos de cuotas impagas, pero la exclusión por parámetros puede ser inmediata.
</Info>

## ¿Qué cambia en Facturear?

En Facturear no hay cambios operativos derivados de este calendario: la emisión de comprobantes electrónicos para monotributistas continúa funcionando con normalidad bajo el régimen vigente. Sí te recomendamos usar los **reportes de facturación acumulada** disponibles en la plataforma para evaluar si corresponde recategorizarte antes del vencimiento de julio. El reporte permite ver los ingresos brutos de los últimos 12 meses, dato central para definir la categoría correcta y evitar recategorizaciones de oficio.
