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# Monotributo en mayo 2026: montos actualizados tras el aumento del 14,29%

> Conocé los nuevos valores del Monotributo vigentes en mayo tras la actualización semestral por inflación y planificá los vencimientos del mes.

# Monotributo en mayo 2026: montos actualizados tras el aumento del 14,29%

ARCA confirmó los importes que deben abonar los monotributistas durante mayo, ya con el ajuste por inflación del **14,29%** aplicado a las escalas y cuotas del régimen simplificado para el primer semestre del año. Esta actualización impacta tanto en los topes de facturación de cada categoría como en el componente impositivo, previsional y de obra social que conforman la cuota mensual.

A continuación, repasamos los puntos prácticos que todo monotributista —y los contadores que los asesoran— necesitan tener a mano para cumplir en tiempo y forma.

## Qué se actualizó con el aumento del 14,29%

La actualización semestral del Monotributo está prevista por la Ley 27.743 (Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes), que estableció un mecanismo de ajuste basado en el Índice de Precios al Consumidor (IPC). El incremento del 14,29% se aplicó sobre:

* Los **topes de facturación anual** de cada categoría (de la A a la K).
* El **componente impositivo** de la cuota mensual.
* Los **aportes al SIPA** (jubilación) y a la **obra social**.
* Los montos máximos de **alquileres devengados** y **precio unitario de venta** en el caso de Locaciones y/o prestaciones de servicios y venta de cosas muebles.

<Info>
  La actualización rige para todo el primer semestre de 2026, por lo que los valores vigentes en mayo son los mismos que se aplican desde enero. La próxima recategorización semestral se realizará en julio, con los parámetros correspondientes al segundo semestre.
</Info>

## Vencimientos clave de mayo

El pago mensual del Monotributo vence, como regla general, el día **20 de cada mes**. Cuando esa fecha cae en día inhábil, se traslada al hábil inmediato siguiente.

<Warning>
  El vencimiento para abonar la cuota de **mayo de 2026** opera el **20 de mayo**. Quienes no regularicen el pago acumulan intereses resarcitorios y, ante la falta de pago de 10 cuotas consecutivas, pueden ser dados de baja de oficio del régimen.
</Warning>

### Medios de pago habilitados

<Steps>
  <Step title="Débito automático">
    En cuenta bancaria (CBU) o tarjeta de crédito. Es la opción recomendada para evitar olvidos.
  </Step>

  <Step title="VEP (Volante Electrónico de Pago)">
    Se genera desde el portal de ARCA y se cancela mediante home banking o billeteras virtuales adheridas a la red Link, Banelco o PagoMisCuentas.
  </Step>

  <Step title="Pago en efectivo">
    En entidades bancarias habilitadas o en Pago Fácil/Rapipago, presentando la credencial de pago (formulario F.152 o F.153).
  </Step>
</Steps>

## Cómo verificar la categoría correcta

Si bien la recategorización formal se realiza en enero y julio, conviene **revisar mensualmente** los parámetros propios para evitar excederse de los topes y quedar fuera del régimen. Los parámetros a controlar son:

1. **Ingresos brutos** acumulados de los últimos 12 meses.
2. **Superficie afectada** a la actividad.
3. **Energía eléctrica consumida** en el período.
4. **Alquileres devengados** anuales.
5. **Precio máximo unitario de venta** (solo para venta de cosas muebles).

<Info>
  Si en algún momento del semestre se superan los parámetros de la categoría actual pero no los de la categoría máxima (K), se debe esperar a la recategorización de julio. Si se supera el tope de la categoría K, corresponde la **exclusión** del régimen y el pase a Responsable Inscripto.
</Info>

## Recomendaciones operativas

* **Conciliar facturación**: cruzá los comprobantes emitidos en el año móvil con el tope de tu categoría antes de cada vencimiento.
* **Revisar la obra social**: si tenés aportes adicionales por grupo familiar, verificá que el monto debitado sea correcto tras el ajuste.
* **Constancia de pago**: descargá y archivá el comprobante de cada cuota mensual; es respaldo ante cualquier inconsistencia futura con ARCA.
* **Monotributistas con empleados**: recordá que las contribuciones patronales del personal en relación de dependencia se liquidan por separado vía F.931.

## ¿Qué cambia en Facturear?

**No hay cambios operativos en la plataforma** derivados de esta actualización. La emisión de comprobantes electrónicos como monotributista se realiza con normalidad y los topes de facturación actualizados ya están contemplados en los parámetros que ARCA valida al momento de autorizar cada CAE.

De todas formas, te recomendamos:

* Mantener **actualizada la categoría** registrada en tu perfil fiscal de ARCA, ya que Facturear toma esa información para emitir los comprobantes.
* Monitorear desde tus reportes de facturación el **acumulado de ingresos** de los últimos 12 meses, para anticiparte a una eventual recategorización en julio.
* Si pasás a Responsable Inscripto por exclusión, actualizá tu condición en la plataforma para comenzar a discriminar IVA en tus facturas tipo A o B.

Ante cualquier duda sobre la configuración de tu cuenta o la emisión de comprobantes con la categoría vigente, nuestro equipo de soporte está disponible para asistirte.
