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# Monotributo: nuevas escalas y cuotas desde agosto con el aumento del 16,8%

> Actualización semestral del Régimen Simplificado: cómo quedan los topes de facturación y las cuotas mensuales a partir de agosto, y qué revisar para la recategorización.

A partir de agosto se aplica la actualización semestral del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, con un incremento del **16,8%** tanto en los topes de facturación de cada categoría como en los componentes de la cuota mensual. Esta recomposición responde al mecanismo de ajuste automático por variación del IPC previsto desde la reforma introducida por la Ley 27.743 (Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes), que reemplazó el ajuste anual por uno semestral.

Para contadores y monotributistas, agosto es un mes clave: coincide con la ventana en la que corresponde revisar los ingresos brutos acumulados de los últimos doce meses y evaluar si procede recategorizarse.

## Qué se actualiza y desde cuándo

La actualización del 16,8% impacta sobre:

* Los **parámetros de ingresos brutos** anuales de cada categoría (de la A a la H para servicios, y hasta la K para venta de cosas muebles).
* Los **alquileres devengados** máximos admitidos por categoría.
* El **impuesto integrado** que se abona mensualmente.
* Los componentes previsional (aportes jubilatorios) y de obra social, en la medida en que se reflejen en la cuota.

<Info>
  El nuevo cuadro rige para las cuotas correspondientes al período agosto en adelante. Los topes de facturación actualizados se toman como referencia para la próxima recategorización semestral.
</Info>

## Recategorización: qué mirar antes de fin de mes

La recategorización semestral obliga a cada monotributista a comparar sus ingresos brutos, energía eléctrica consumida, alquileres devengados y superficie afectada durante los últimos 12 meses contra los nuevos parámetros.

<Steps>
  <Step title="Sumá los ingresos brutos de los últimos 12 meses">
    Considerá facturación total emitida (Factura C o E según corresponda) entre los 12 meses previos al cierre del semestre.
  </Step>

  <Step title="Verificá alquileres devengados y superficie afectada">
    Aunque el parámetro más habitual de exclusión es el ingreso, no perdás de vista los otros parámetros previstos por el régimen.
  </Step>

  <Step title="Comparalo contra la nueva escala">
    Con el ajuste del 16,8%, es posible que quien estaba al filo de una categoría superior quede cómodo en la actual.
  </Step>

  <Step title="Confirmá o modificá la categoría en el portal de ARCA">
    La recategorización se realiza en el portal Monotributo, dentro del sitio de ARCA (ex AFIP), con clave fiscal.
  </Step>
</Steps>

<Warning>
  No recategorizarse cuando corresponde puede derivar en multas y en la determinación de oficio por parte del organismo. Si los ingresos superan el tope de la categoría H (servicios) o K (venta de cosas muebles), corresponde la **exclusión** y el pase al Régimen General (IVA y Ganancias).
</Warning>

## Cómo se calcula el nuevo tope

La lógica es simple: sobre el valor vigente hasta julio se aplica el coeficiente **1,168**. Por ejemplo, si una categoría tenía un tope de ingresos brutos anuales de $X, el nuevo tope será $X × 1,168. El mismo criterio aplica al importe de la cuota mensual.

<Info>
  Los valores definitivos surgen de la tabla oficial publicada por ARCA. Recomendamos consultar el cuadro completo en el portal del organismo antes de tomar decisiones de recategorización, ya que los redondeos y componentes específicos (obra social, aportes) pueden variar por situación particular (jubilados, aportantes al SIPA por relación de dependencia, adherentes familiares, etc.).
</Info>

## Puntos de atención para el asesoramiento profesional

* **Monotributistas cercanos al tope**: con la suba del 16,8%, muchos contribuyentes que en el semestre pasado quedaron ajustados pueden mantener la categoría o incluso bajar. Vale la pena rehacer el cálculo.
* **Emisión de comprobantes**: revisar que las facturas emitidas en el sistema reflejen correctamente la condición del contribuyente y su CUIT ante ARCA.
* **Percepciones y retenciones**: al pasar a categorías superiores o al régimen general, cambia el tratamiento frente a IVA, Ganancias e Ingresos Brutos.
* **Obra social y jubilación**: la cuota tiene tres componentes; si el monotributista aporta también en relación de dependencia, algunos componentes pueden estar eximidos.

## ¿Qué cambia en Facturear?

En Facturear **no hay cambios operativos** derivados de esta actualización: la emisión de comprobantes para monotributistas sigue funcionando de la misma manera y los datos fiscales se toman de la condición registrada ante ARCA.

Sí es recomendable que, luego de recategorizarse, verifiques en tu perfil de Facturear que la **categoría de monotributo** informada esté actualizada, para que los reportes internos de facturación y el seguimiento del tope anual reflejen los nuevos parámetros. Si emitís cerca del límite de tu categoría, activá las alertas de facturación acumulada para no llevarte sorpresas antes de la próxima recategorización.
