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# Monotributo: nuevos topes estimados para la recategorización de julio 2025

> Proyección de los nuevos topes de facturación e impuesto integrado del Monotributo para la recategorización del segundo semestre 2025, con la inflación de junio.

La recategorización semestral del Monotributo de julio 2025 se acerca y, como cada semestre, los monotributistas deben revisar su facturación de los últimos doce meses para confirmar si siguen en la categoría correcta o si corresponde un cambio. La novedad clave de este período es que la tabla de categorías llega actualizada por inflación, lo que modifica los topes de facturación, los montos del impuesto integrado y los aportes.

A continuación, repasamos qué implica esta actualización estimada, cómo encarar la recategorización y qué tener en cuenta para evitar sanciones.

## Cómo se actualiza la tabla del Monotributo

Desde la reforma introducida por la Ley 27.743 (Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes), los parámetros del régimen se ajustan periódicamente por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INDEC. La actualización que rige a partir de julio toma como referencia la inflación acumulada del primer semestre, incluyendo el dato de junio.

Esto impacta en tres variables centrales para cada categoría:

* **Topes de facturación anual** (ingresos brutos de los últimos 12 meses).
* **Impuesto integrado** mensual.
* **Componentes previsionales y de obra social** (aportes al SIPA y al sistema de salud).

<Info>
  Los montos definitivos de la tabla son fijados por ARCA (ex AFIP) mediante resolución general. Hasta que se publique oficialmente, los valores que circulan son **estimaciones** basadas en la inflación proyectada de junio.
</Info>

## Cuándo se hace la recategorización

La recategorización de mitad de año cubre el período comprendido entre julio de 2024 y junio de 2025. El procedimiento se realiza a través del portal de Monotributo en la web de ARCA.

<Warning>
  El vencimiento para realizar la recategorización del segundo semestre es **el 20 de julio**. Si esa fecha cae fin de semana o feriado, se traslada al día hábil siguiente. No recategorizarse a tiempo cuando corresponde puede derivar en sanciones y en la exclusión del régimen.
</Warning>

## Quiénes deben recategorizarse

<Steps>
  <Step title="Revisar la facturación de los últimos 12 meses">
    Sumá todos los ingresos brutos facturados entre julio 2024 y junio 2025.
  </Step>

  <Step title="Comparar con los nuevos topes">
    Verificá en qué categoría caés según la tabla actualizada que publique ARCA.
  </Step>

  <Step title="Evaluar otros parámetros">
    Además de la facturación, considerá superficie afectada, energía consumida y alquileres devengados.
  </Step>

  <Step title="Confirmar o modificar la categoría">
    Si corresponde un cambio (suba o baja), realizá el trámite en el portal de Monotributo antes del vencimiento.
  </Step>
</Steps>

No están obligados a recategorizarse quienes:

* Tengan menos de seis meses de antigüedad como monotributistas al momento del trámite.
* Mantengan la misma categoría que ya venían declarando.

Aun así, conviene hacer el análisis para confirmarlo y dejar registro interno.

## Qué pasa si me excedo del tope

Si la facturación de los últimos 12 meses supera el tope máximo de la categoría más alta (categoría H para locaciones y prestaciones de servicios, categoría K para venta de cosas muebles), corresponde la **exclusión del régimen** y el pase al Régimen General (IVA y Ganancias).

<Warning>
  La exclusión opera de pleno derecho desde la hora cero del día en que se produce el hecho. Detectarlo a tiempo permite planificar el alta en el Régimen General y evitar deudas por períodos no declarados.
</Warning>

## Recomendaciones prácticas

* **Cruzá tus comprobantes emitidos** con lo registrado en "Mis Comprobantes" de ARCA antes de hacer cualquier cálculo.
* **Considerá los ingresos en moneda extranjera** convertidos al tipo de cambio del día de cada operación.
* **Guardá los papeles de trabajo** que respalden el cálculo, en caso de fiscalización.
* **Revisá los pagos mensuales** de los meses siguientes: el nuevo importe rige desde agosto en adelante.

## ¿Qué cambia en Facturear?

En Facturear no hay cambios operativos por esta actualización: vas a poder seguir emitiendo tus comprobantes electrónicos con normalidad, sin modificaciones en el flujo de facturación.

Lo que sí te recomendamos es **usar los reportes de facturación** de la plataforma para sumar de manera ágil tus ingresos de los últimos 12 meses y armar el cálculo de recategorización con datos consistentes. Cuando ARCA publique la tabla oficial con los nuevos montos, vamos a actualizar este artículo con los valores definitivos por categoría.

Si tu situación cambia (pase a Régimen General, alta de IVA, modificación de actividades), recordá actualizar también tus datos fiscales en Facturear para que los comprobantes reflejen correctamente la nueva condición frente al impuesto.
