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# Monotributo: recategorización hasta el 5 de agosto y nuevos montos a pagar

> ARCA habilitó la recategorización obligatoria del monotributo con vencimiento el 5 de agosto de 2026 y confirmó los nuevos valores de las cuotas mensuales.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó el servicio de recategorización del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y confirmó los nuevos importes que deberán abonar los monotributistas a partir de agosto de 2026. El trámite es obligatorio para quienes hayan modificado su nivel de facturación, y el vencimiento opera el **5 de agosto de 2026, inclusive**.

<Warning>
  El plazo para recategorizarse vence el **5 de agosto de 2026**. Los contribuyentes que no revisen su situación y continúen en una categoría que no se corresponde con sus parámetros reales quedan expuestos a sanciones, recategorización de oficio y diferencias a pagar con intereses.
</Warning>

## Qué es la recategorización y quiénes deben hacerla

La recategorización es un proceso semestral que exige a los monotributistas revisar los parámetros de los últimos 12 meses (ingresos brutos, superficie afectada, energía eléctrica consumida y alquileres devengados) y ubicarse en la categoría que corresponda según esos valores.

Deben realizar el trámite:

* Los monotributistas cuyos parámetros hayan superado los topes de la categoría en la que estaban inscriptos.
* Aquellos cuyos parámetros hayan disminuido y quieran ubicarse en una categoría inferior con una cuota menor.

No están obligados a recategorizarse:

* Los contribuyentes que mantengan la misma categoría (los parámetros no cambiaron).
* Los que se inscribieron al monotributo hace menos de seis meses.

<Info>
  Aun cuando no exista obligación de recategorizarse, es una buena práctica ingresar al portal y verificar la situación. Muchos contribuyentes descubren en esta instancia que quedaron desfasados por facturación acumulada.
</Info>

## Paso a paso para recategorizarse en el portal de ARCA

<Steps>
  <Step title="Ingresá al portal Monotributo">
    Accedé al sitio de ARCA con CUIT y Clave Fiscal (nivel de seguridad 2 o superior).
  </Step>

  <Step title="Seleccioná “Recategorizarme”">
    Dentro del portal Monotributo vas a encontrar la opción habilitada mientras esté vigente el período (hasta el 5 de agosto).
  </Step>

  <Step title="Revisá los parámetros de los últimos 12 meses">
    Calculá con precisión ingresos brutos, superficie del local, energía eléctrica consumida y alquileres devengados en el período móvil.
  </Step>

  <Step title="Confirmá la nueva categoría">
    El sistema sugerirá una categoría en función de los datos declarados. Confirmá y descargá la credencial actualizada.
  </Step>

  <Step title="Verificá la nueva cuota">
    El nuevo importe se verá reflejado en el pago con vencimiento de agosto de 2026.
  </Step>
</Steps>

## Nuevos montos vigentes desde agosto de 2026

ARCA confirmó la actualización de las cuotas del régimen. Los nuevos valores por categoría rigen para los pagos mensuales a partir de agosto de 2026 y contemplan el componente impositivo, los aportes al SIPA y el aporte a la obra social.

<Info>
  Los importes específicos por categoría (A a H, y las categorías K a la superior para venta de cosas muebles) se encuentran publicados en el portal de ARCA. Recomendamos consultarlos directamente allí para asegurar el valor exacto aplicable a cada contribuyente.
</Info>

## Consecuencias de no recategorizarse a tiempo

La omisión o el error en la recategorización pueden derivar en:

* **Recategorización de oficio** por parte de ARCA, con base en la información que el organismo posee (facturación electrónica, consumos, movimientos bancarios).
* **Multa equivalente al 50%** del impuesto integrado y del componente previsional que hubiera correspondido abonar.
* **Diferencias retroactivas** con intereses desde el momento en que debió haberse producido el cambio.
* En casos graves, **exclusión del régimen** y pase obligatorio al Régimen General (IVA y Ganancias).

## Recomendaciones para contadores y estudios

Para quienes gestionan carteras de monotributistas, esta ventana es crítica:

1. **Cruzar la facturación electrónica emitida** en los últimos 12 meses contra el tope de cada categoría.
2. **Revisar contratos de alquiler vigentes** y su valor anualizado.
3. **Documentar el consumo eléctrico y la superficie afectada** en actividades que se desarrollen en local.
4. **Anticipar el impacto de la nueva cuota** en el flujo de caja del cliente, especialmente en categorías más altas.
5. **Guardar el comprobante de recategorización** como respaldo ante eventuales inspecciones.

## ¿Qué cambia en Facturear?

En **Facturear** no hay cambios operativos derivados de esta recategorización: la emisión de comprobantes electrónicos continúa funcionando con normalidad y la plataforma reconoce automáticamente la condición fiscal vigente de cada contribuyente ante ARCA.

De todos modos, recomendamos que, una vez confirmada la nueva categoría en el portal de ARCA, verifiquen dentro de su cuenta que los datos fiscales estén actualizados. Si detectan que el tope de facturación de la nueva categoría se acerca al volumen mensual habitual, es un buen momento para evaluar la migración al Régimen General y anticipar la configuración correspondiente en la plataforma.
