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# Monotributo agosto 2026: recategorización y nuevas escalas con aumento del 16,8%

> Vence el 5 de agosto el plazo para recategorizarse ante ARCA. Conocé las nuevas escalas del Monotributo, los montos actualizados y cómo actuar ante una recategorización de oficio.

El calendario impositivo de agosto trae dos novedades relevantes para los pequeños contribuyentes: el vencimiento del plazo de recategorización semestral ante ARCA y la actualización de las escalas del Monotributo, que se incrementan un 16,8% para el segundo semestre del año.

<Warning>
  El **miércoles 5 de agosto de 2026** vence el plazo para presentar la recategorización semestral del Monotributo. El trámite se realiza exclusivamente a través del portal web de ARCA con clave fiscal.
</Warning>

## Qué es la recategorización y a quiénes alcanza

La recategorización es un trámite obligatorio que deben realizar los monotributistas dos veces al año (enero y julio/agosto), en el que se revisan los parámetros de los últimos 12 meses para determinar si corresponde mantenerse en la categoría actual, subir o bajar de escalón.

Los parámetros que deben evaluarse son:

* **Ingresos brutos** obtenidos en los últimos 12 meses.
* **Superficie afectada** a la actividad.
* **Energía eléctrica consumida** en el mismo período.
* **Alquileres devengados** correspondientes al local o establecimiento.

<Info>
  No están obligados a recategorizarse quienes tengan menos de seis meses de antigüedad como monotributistas ni aquellos cuyos parámetros no hayan variado y se mantengan en la misma categoría.
</Info>

## Cómo hacer el trámite paso a paso

<Steps>
  <Step title="Ingresá al portal de ARCA">
    Accedé con CUIT y clave fiscal al servicio "Monotributo" desde el sitio oficial.
  </Step>

  <Step title="Seleccioná 'Recategorizarme'">
    El sistema te mostrará los datos declarados y la categoría vigente.
  </Step>

  <Step title="Actualizá los parámetros">
    Cargá los ingresos brutos acumulados de los últimos 12 meses, junto con superficie, energía eléctrica y alquileres.
  </Step>

  <Step title="Confirmá la nueva categoría">
    ARCA sugerirá la categoría que corresponde según los datos ingresados. Confirmala y descargá la credencial actualizada.
  </Step>

  <Step title="Aboná la cuota con el nuevo valor">
    A partir de agosto, la cuota mensual se abona con la categoría recategorizada y con los nuevos importes vigentes.
  </Step>
</Steps>

## Nuevas escalas: aumento del 16,8%

Los topes de facturación y los importes mensuales del Monotributo se actualizaron un **16,8%** (16,85% según distintas fuentes oficiales), en línea con la fórmula de movilidad basada en la evolución del IPC. Los nuevos valores rigen para todo el segundo semestre del año.

El ajuste impacta tanto en:

* Los **límites de ingresos brutos** admitidos por cada categoría (A a H para servicios y locaciones; A a K incluyendo venta de cosas muebles).
* El **componente impositivo** de la cuota mensual.
* Los **aportes al SIPA** (jubilación) y al régimen de obra social.

<Info>
  Los aportes jubilatorios de agosto 2026 también se actualizan proporcionalmente. El haber inicial de la futura jubilación del monotributista se calcula sobre la base de los años aportados y la categoría en la que se realizaron los aportes.
</Info>

## Qué pasa si no te recategorizás

Si el contribuyente omite la recategorización estando obligado, ARCA puede aplicar dos mecanismos:

| Situación                      | Consecuencia                                                                                        |
| ------------------------------ | --------------------------------------------------------------------------------------------------- |
| No recategorización voluntaria | Multa equivalente al 50% del impuesto integrado y aportes previsionales que hubieran correspondido. |
| Recategorización de oficio     | ARCA reubica al contribuyente en la categoría que estime correcta según información propia.         |
| Superar el tope máximo         | Exclusión del régimen y pase obligatorio al Régimen General (IVA + Ganancias).                      |

### Cómo defenderse ante una recategorización de oficio

Cuando ARCA detecta inconsistencias mediante cruces de información (facturación electrónica, consumos, movimientos bancarios), puede notificar el acto resolutivo en el **Domicilio Fiscal Electrónico** del contribuyente.

Frente a esa notificación, el monotributista cuenta con **15 días hábiles** para presentar un recurso de apelación aportando la documentación que respalde su verdadera situación: facturación real de los últimos 12 meses, comprobantes de servicios, contratos de alquiler y toda prueba que desvirtúe la categoría asignada de oficio.

<Warning>
  Uno de los errores más frecuentes que señalan los tributaristas es considerar únicamente los ingresos del período fiscal calendario, cuando la norma exige tomar los **12 meses inmediatos anteriores** a la fecha de recategorización. Revisá bien el período antes de confirmar.
</Warning>

## Recomendaciones prácticas

* Revisá la facturación emitida en los últimos 12 meses **antes** de recategorizar, incluyendo notas de crédito y débito.
* Verificá que la actividad declarada coincida con la que efectivamente realizás.
* Si estás cerca del tope de tu categoría, considerá el impacto de proyecciones de facturación para no quedar excluido a mitad del próximo semestre.
* Guardá la constancia de recategorización y la credencial de pago actualizada.

## ¿Qué cambia en Facturear?

En Facturear no hay cambios operativos derivados de esta actualización: el sistema sigue emitiendo comprobantes electrónicos con normalidad bajo el régimen de Monotributo. Sin embargo, te recomendamos que **una vez confirmada la nueva categoría en ARCA**, actualices los datos en tu perfil de Facturear para que las facturas emitidas reflejen correctamente la condición vigente y evites inconsistencias en futuros controles cruzados.
