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# Nuevo plan de ARCA: hasta 120 cuotas y tasas reducidas para empresas concursadas

> ARCA lanza un régimen especial de facilidades de pago con financiamiento extendido y menor costo financiero para compañías en concurso preventivo o quiebra que buscan regularizar deudas fiscales.

ARCA puso en marcha un nuevo régimen de facilidades de pago pensado específicamente para empresas que atraviesan procesos concursales o de quiebra. La medida amplía el plazo de financiamiento hasta 120 cuotas y reduce la tasa de interés aplicable, con el objetivo de facilitar la regularización de deudas impositivas y previsionales en un contexto de crisis empresaria.

Para contadores y asesores que trabajan con compañías en dificultades, la novedad abre una vía concreta para reordenar el pasivo fiscal sin comprometer la continuidad operativa del negocio.

## ¿A quiénes está dirigido el plan?

El régimen apunta a un universo específico de contribuyentes: sociedades y personas humanas con actividad empresaria que se encuentren en alguna de estas situaciones procesales:

* Concurso preventivo abierto.
* Quiebra decretada con continuidad de explotación.
* Acuerdos preventivos extrajudiciales (APE) en trámite u homologados.

La lógica detrás de la segmentación es clara: se trata de empresas cuya viabilidad depende de que puedan reestructurar su deuda fiscal en condiciones compatibles con el resto del pasivo concursal.

<Info>
  Los planes generales de facilidades de pago de ARCA conviven con este régimen especial. La elección del plan más conveniente depende del estado procesal de la empresa y del tipo de deuda a regularizar.
</Info>

## Las condiciones del nuevo régimen

El plan combina dos beneficios clave que lo diferencian de los regímenes generales:

### Plazo extendido

Hasta **120 cuotas mensuales**, un horizonte que duplica o triplica los plazos habituales de los planes ordinarios. Esta extensión permite dimensionar la cuota mensual en función de la capacidad de repago real de la empresa reestructurada.

### Tasa reducida

Se aplica una **tasa de interés inferior** a la de los planes generales, lo que reduce el costo financiero total de la regularización. Esto es especialmente relevante en deudas de larga data que suelen acumular intereses resarcitorios y punitorios significativos.

## ¿Qué deudas se pueden incluir?

El régimen contempla la inclusión de obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social administradas por ARCA, siempre que sean anteriores a la fecha de presentación en concurso o declaración de quiebra (deudas concursales o falenciales).

En términos prácticos, esto abarca:

| Tipo de obligación         | Ejemplos habituales                      |
| -------------------------- | ---------------------------------------- |
| Impuestos nacionales       | IVA, Ganancias, Bienes Personales        |
| Seguridad social           | Aportes y contribuciones, ART            |
| Retenciones y percepciones | Actuadas y no ingresadas                 |
| Multas e intereses         | Accesorios de las obligaciones incluidas |

<Warning>
  Las retenciones y percepciones practicadas y no depositadas suelen tener un tratamiento especial dentro de estos regímenes. Verificá las condiciones específicas antes de armar el plan, ya que en algunos casos requieren cancelación previa o tratamiento diferenciado.
</Warning>

## Pasos para acceder al régimen

<Steps>
  <Step title="Verificar el estado procesal">
    Confirmar que la empresa cuenta con auto de apertura de concurso, sentencia de quiebra con continuidad o APE en las condiciones exigidas.
  </Step>

  <Step title="Relevar la deuda">
    Identificar todas las obligaciones fiscales alcanzadas, distinguiendo entre deudas concursales (anteriores a la presentación) y postconcursales.
  </Step>

  <Step title="Simular el plan">
    Utilizar el sistema de ARCA para dimensionar cantidad de cuotas, tasa aplicable y monto mensual resultante.
  </Step>

  <Step title="Presentar la solicitud">
    Adherir formalmente al plan a través del servicio con clave fiscal, acompañando la documentación que acredite el estado concursal.
  </Step>

  <Step title="Cumplir el cronograma de pagos">
    Mantener las cuotas al día para evitar la caducidad del plan, que implicaría la reactivación de las acciones de cobro.
  </Step>
</Steps>

## Recomendaciones para el asesor

Antes de adherir al régimen, conviene analizar:

* **Compatibilidad con la propuesta concursal**: la cuota mensual del plan debe integrarse con el resto de las obligaciones del cronograma de pagos concursal.
* **Deudas postconcursales**: las obligaciones generadas después de la apertura del concurso tienen tratamiento distinto y no siempre son incluibles en el mismo régimen.
* **Efectos sobre la verificación de créditos**: la adhesión al plan puede tener implicancias en la insinuación del crédito fiscal en el proceso concursal.
* **Riesgo de caducidad**: el incumplimiento de cuotas suele hacer decaer el plan y habilitar la ejecución fiscal, con impacto directo en la viabilidad del acuerdo concursal.

<Info>
  Coordiná el armado del plan con el síndico y el abogado concursalista. La decisión de adherir excede el aspecto tributario y debe encuadrarse en la estrategia global de reestructuración.
</Info>

## ¿Qué cambia en Facturear?

Este régimen es una herramienta de regularización de deuda fiscal que se gestiona íntegramente en los sistemas de ARCA con clave fiscal, por lo que **no genera cambios en Facturear**. La emisión de comprobantes electrónicos, la administración de clientes y el resto de las funcionalidades de la plataforma continúan operando con normalidad.

Si asesorás a empresas en proceso concursal, seguí usando Facturear para mantener la operatoria de facturación al día mientras gestionás el plan de pagos en el portal de ARCA.
