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# ARCA excluye a bancos no considerados grandes empresas del régimen de FCE MiPyME

> ARCA dejó fuera del régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPyME a 39 de las 73 entidades financieras del país, en respuesta a un reclamo de las asociaciones bancarias.

<Warning title="Impacta en Facturear">
  {"Si sos una PyME que emite Facturas de Crédito Electrónicas a bancos, revisá contra qué entidades podés seguir emitiendo FCE MiPyME. Los bancos excluidos ya no están obligados a recibirlas y deberás gestionarlos como clientes comunes bajo el régimen general de facturación."} [Ver todas las novedades que impactan](/es/newsletter/impacto-facturear).
</Warning>

ARCA oficializó la exclusión de 39 entidades financieras del régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPyME (FCE MiPyME), tras un pedido formal de las asociaciones del sector bancario. La medida alcanza a más de la mitad de los 73 bancos que operan en Argentina y modifica el alcance subjetivo de un régimen que, hasta ahora, los obligaba a emitir y recibir comprobantes electrónicos específicos cuando interactuaban con proveedores PyME.

## Qué cambia con la medida

El régimen de FCE MiPyME, pensado como herramienta de financiamiento para pequeñas y medianas empresas, obliga a las "grandes empresas" a aceptar facturas de crédito electrónicas emitidas por sus proveedores MiPyME. Estas facturas, una vez aceptadas (expresa o tácitamente), se convierten en títulos ejecutivos negociables en el mercado de capitales.

Hasta esta modificación, todas las entidades financieras quedaban asimiladas a "grandes empresas" a los fines del régimen, independientemente de su tamaño real. Esto generaba una carga operativa importante para bancos regionales, cooperativos y de nicho que no cuentan con la estructura ni el volumen de operaciones de los grandes jugadores del sistema.

Con la nueva disposición, 39 entidades quedan **excluidas** de la obligación de emitir y recibir comprobantes bajo este régimen. Las 34 restantes —las de mayor envergadura— continúan dentro del esquema original.

<Info>
  La exclusión aplica a los bancos como receptores obligados. Las PyMEs proveedoras de servicios a entidades financieras no pierden su condición MiPyME ni sus beneficios generales, pero deben revisar caso por caso con qué bancos pueden operar bajo FCE MiPyME y con cuáles no.
</Info>

## Por qué se tomó la medida

La decisión responde a un reclamo sostenido por las cámaras bancarias, que argumentaban una carga administrativa desproporcionada para entidades de menor tamaño. La obligación de implementar circuitos específicos de recepción, aceptación y rechazo de FCE MiPyME —con los plazos y automatizaciones que exige el régimen— requiere desarrollos tecnológicos y procedimientos internos que, para bancos chicos, resultaban difíciles de sostener frente a volúmenes marginales de operaciones alcanzadas.

ARCA aceptó el planteo y recortó el universo de obligados, dejando el régimen enfocado en las entidades con capacidad operativa y volumen suficiente para absorber la carga.

## Impacto para las PyMEs proveedoras

Las PyMEs que facturan servicios a bancos deben reorganizar su circuito de cobranzas:

### Para operaciones con bancos excluidos

* No corresponde emitir Factura de Crédito Electrónica MiPyME.
* Se vuelve al régimen general: Factura A, B o C según corresponda.
* Se pierde la posibilidad de negociar ese crédito como título ejecutivo en el mercado de capitales por la vía de la FCE.

### Para operaciones con bancos que siguen obligados

* Continúa vigente la emisión de FCE MiPyME cuando se superen los montos mínimos del régimen.
* Se mantienen los plazos de aceptación tácita y las vías de rechazo.
* Siguen disponibles los mecanismos de negociación en el MAV u otros mercados autorizados.

<Warning>
  Antes de emitir un comprobante contra una entidad financiera, verificá si está dentro del listado de bancos alcanzados por el régimen. Emitir una FCE MiPyME contra un banco excluido puede generar inconvenientes operativos y demoras en el cobro.
</Warning>

## Qué deben revisar los contadores

Si tenés clientes PyME que operan habitualmente con bancos como contraparte comercial (proveedores de servicios, software, consultoría, limpieza, mantenimiento, etc.), es necesario:

<Steps>
  <Step title="Identificar los bancos clientes">
    Listá las entidades financieras a las que tu cliente factura regularmente.
  </Step>

  <Step title="Verificar su situación frente al régimen">
    Cruzá ese listado con el detalle de entidades alcanzadas y excluidas publicado por ARCA.
  </Step>

  <Step title="Ajustar el circuito de facturación">
    Para los bancos excluidos, parametrizá la emisión de comprobantes bajo el régimen general.
  </Step>

  <Step title="Comunicar al cliente">
    Informá sobre los cambios en los plazos de cobro y la pérdida de negociabilidad de los créditos contra esos bancos.
  </Step>
</Steps>

## ¿Qué cambia en Facturear?

Si emitís Facturas de Crédito Electrónicas MiPyME a entidades bancarias, tenés que **revisar manualmente** contra qué bancos corresponde seguir usando este tipo de comprobante. Para los 39 bancos excluidos, pasá a emitir Factura A, B o C según el régimen general, como lo harías con cualquier otro cliente. Para los 34 bancos que continúan obligados, el circuito de FCE MiPyME en Facturear se mantiene sin cambios: mismos tipos de comprobante, mismos plazos, misma operatoria.

Si no facturás a bancos, esta novedad no modifica tu operatoria diaria.

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