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# Monotributo Social y promovidos: la factura electrónica será obligatoria desde el 1° de noviembre de 2026

> ARCA extiende la factura electrónica a los monotributistas sociales y promovidos. Los comprobantes en papel quedan solo para contingencias y los sujetos no alcanzados por IVA tienen plazo hasta marzo de 2027.

<Warning title="Impacta en Facturear">
  {"Si sos monotributista social o promovido, desde el 1° de noviembre de 2026 tenés que emitir tus comprobantes en forma electrónica. Con Facturear podés hacerlo habilitando un punto de venta electrónico y vinculando tu CUIT antes de esa fecha."} [Ver todas las novedades que impactan](/es/newsletter/impacto-facturear).
</Warning>

ARCA dispuso que los **monotributistas sociales y promovidos** emitan factura electrónica en forma obligatoria a partir del **1° de noviembre de 2026**. Estos segmentos venían operando con más flexibilidad que el resto del Monotributo. Con esta medida, el talonario en papel deja de ser una alternativa habitual y queda reservado únicamente para situaciones de contingencia.

La medida también fija un plazo más extenso para los **sujetos no alcanzados por IVA**, que tendrán tiempo hasta **marzo de 2027** para adecuarse.

<Warning>
  Esta nota se publica el 6 de octubre de 2026, así que quedan **menos de cuatro semanas** para la entrada en vigencia. Si tenés clientes en el Monotributo Social o en la categoría de promovidos, conviene empezar la adecuación ahora y no esperar a fin de mes.
</Warning>

## Qué establece la nueva disposición

El objetivo es completar la digitalización de la facturación dentro del régimen simplificado. Los dos grupos que todavía podían documentar sus operaciones en papel pasan a quedar alcanzados por el mismo esquema que rige para el resto de los monotributistas.

Los puntos centrales son tres:

* **Obligación general:** los monotributistas sociales y promovidos deben emitir sus comprobantes en forma electrónica.
* **Papel solo como respaldo:** los comprobantes manuales quedan habilitados únicamente para contingencias, es decir, cuando por algún motivo no se pueda emitir el comprobante electrónico. No sirven como modalidad alternativa de uso cotidiano.
* **Plazo diferenciado:** los sujetos no alcanzados por IVA cuentan con un período de adecuación más largo.

### Calendario de implementación

| Sujetos alcanzados | Fecha de obligatoriedad |
| - | - |
| Monotributistas sociales | 1° de noviembre de 2026 |
| Monotributistas promovidos | 1° de noviembre de 2026 |
| Sujetos no alcanzados por IVA | Marzo de 2027 |

<Info>
  Las fuentes consultadas no precisan el número de la resolución general ni el día exacto de marzo de 2027 en que vence el plazo para los sujetos no alcanzados por IVA. Recomendamos verificar el texto oficial publicado en el Boletín Oficial antes de asesorar casos puntuales.
</Info>

## Por qué importa para contadores y estudios

El Monotributo Social y el régimen de promovidos agrupan, en general, a contribuyentes con poca experiencia en herramientas digitales y con estructuras administrativas mínimas. Para muchos de ellos, emitir una factura electrónica va a ser una novedad. En la práctica, el acompañamiento va a recaer en el contador o en quien les lleve la gestión.

Hay además un efecto sobre la trazabilidad. Con la facturación electrónica, cada operación queda registrada en tiempo real en los sistemas de ARCA. Eso facilita los controles cruzados, por ejemplo entre lo facturado y los parámetros de la categoría. Para estos contribuyentes, ordenar la facturación también es una forma de anticiparse a eventuales inconsistencias.

### Cómo prepararse antes del 1° de noviembre

<Steps>
  <Step title="Relevar la cartera">
    Identificá qué clientes están inscriptos como monotributistas sociales o promovidos y cuáles podrían estar dentro del grupo de sujetos no alcanzados por IVA, que tiene plazo hasta marzo de 2027.
  </Step>

  <Step title="Verificar el acceso con clave fiscal">
    Confirmá que cada contribuyente tenga su clave fiscal operativa y con el nivel de seguridad necesario para gestionar servicios de facturación.
  </Step>

  <Step title="Dar de alta un punto de venta electrónico">
    Desde los servicios de ARCA, habilitá un punto de venta para comprobantes electrónicos. Elegí la modalidad según la herramienta que se vaya a usar para emitir.
  </Step>

  <Step title="Elegir la herramienta de emisión">
    Definí si el contribuyente va a facturar desde los servicios web de ARCA o desde un sistema de facturación que se conecte por web service.
  </Step>

  <Step title="Hacer una prueba y capacitar">
    Emití un comprobante de prueba y explicale al contribuyente cómo hacerlo por su cuenta. Así se evitan errores el primer día de vigencia.
  </Step>

  <Step title="Definir el procedimiento de contingencia">
    Acordá cuándo corresponde usar comprobantes en papel y cómo se regulariza luego esa situación, según lo que disponga la norma.
  </Step>
</Steps>

## El papel no desaparece, pero cambia de rol

Que los comprobantes manuales queden "solo para contingencias" no significa que el contribuyente pueda seguir usándolos por comodidad. La lógica es la misma que ya rige para otros obligados: el comprobante electrónico es la regla, y el papel solo cubre la imposibilidad momentánea de emitir. Por ejemplo, una falla del sistema o la falta de conexión.

Para quienes venden en ferias, mercados populares o en forma ambulante, esto exige algo de planificación. Contar con una herramienta que funcione desde el celular puede marcar la diferencia entre cumplir con comodidad o depender de la excepción.

## ¿Qué cambia en Facturear?

**Sí, hay impacto.** Esta medida suma nuevos obligados a la facturación electrónica, y Facturear es una de las herramientas que pueden usar para cumplir.

Lo que tenés que saber:

* **Si sos monotributista social o promovido**, desde el 1° de noviembre de 2026 vas a necesitar emitir tus comprobantes en forma electrónica. Podés hacerlo desde Facturear. Para eso tenés que dar de alta un punto de venta electrónico en ARCA y vincular tu CUIT a la plataforma.
* **Si sos contador**, podés centralizar en Facturear la facturación de tus clientes alcanzados y acompañarlos en la transición sin depender de que cada uno opere los servicios de ARCA por su cuenta.
* **Si estás dentro de los sujetos no alcanzados por IVA**, tenés margen hasta marzo de 2027. Igual te conviene configurar todo con anticipación para no llegar sobre la fecha.

La recomendación es no dejar la configuración para los últimos días de octubre: dar de alta el punto de venta y hacer una primera emisión de prueba lleva poco tiempo y evita sorpresas cuando la obligación ya esté vigente.

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