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Julio arranca con dos novedades importantes para el universo del monotributo: el ajuste de los valores de las cuotas mensuales y el inicio del período de recategorización obligatoria para quienes durante el primer semestre del año superaron los parámetros de su categoría. Para contadores y monotributistas, es el momento de revisar facturación, alquileres, consumos energéticos y superficie afectada antes de presentar la novedad ante ARCA (ex AFIP).

Qué cambia en julio

El régimen simplificado tiene previstas actualizaciones periódicas que impactan tanto en los topes de facturación de cada categoría como en el importe de la cuota mensual que paga cada contribuyente. Julio es, además, uno de los dos meses del año (junto con enero) en los que se realiza la recategorización semestral obligatoria, evaluando los últimos 12 meses de actividad.
La recategorización no es opcional cuando se superan los parámetros. Mantenerse en una categoría inferior a la que corresponde puede derivar en multas, intereses y, en casos extremos, en la exclusión del régimen.

Quiénes deben recategorizarse

Tienen que revisar su situación todos los monotributistas que durante los últimos 12 meses hayan superado, en cualquiera de estos parámetros, los límites de su categoría actual:
  • Ingresos brutos facturados.
  • Superficie afectada a la actividad.
  • Energía eléctrica consumida.
  • Monto de alquileres devengados.
Si alguno de esos valores ubica al contribuyente en una categoría superior, corresponde recategorizarse. Si, por el contrario, los parámetros se redujeron, también pueden bajar de categoría para pagar una cuota menor.
La recategorización se realiza en julio y la nueva cuota se abona desde agosto. No hacerlo en término implica que el sistema considere la categoría vigente como insuficiente y aplique sanciones.

Paso a paso para recategorizarse

1

Reuní la información de los últimos 12 meses

Sumá ingresos facturados, revisá contratos de alquiler vigentes, consumo eléctrico y metros cuadrados afectados a la actividad.
2

Ingresá al portal Monotributo

Accedé con CUIT y clave fiscal al sitio de ARCA, sección Monotributo.
3

Elegí 'Recategorizarme'

El sistema te muestra los parámetros declarados y la categoría sugerida.
4

Confirmá la nueva categoría

Verificá que los datos sean correctos y confirmá. Vas a poder descargar la credencial actualizada.
5

Pagá la nueva cuota desde agosto

El valor actualizado se reflejará en la próxima credencial de pago.

Qué pasa si no me recategorizo

Hay dos escenarios posibles:
  • No te recategorizás cuando deberías subir de categoría: ARCA puede recategorizarte de oficio, aplicar multas equivalentes al 50% del impuesto integrado omitido y, si el desfasaje es muy grande, excluirte del régimen.
  • No te recategorizás y seguís en la misma: si tus parámetros no cambiaron, no hace falta hacer nada. La categoría se mantiene automáticamente.
Si superaste el tope máximo de la categoría más alta del monotributo, ya no corresponde recategorizarse: hay que pasar al Régimen General (IVA y Ganancias). Es clave revisar este punto con tiempo para evitar la exclusión retroactiva.

Recomendaciones para contadores y estudios

  • Anticipá la revisión: no esperes a fin de mes para correr los cálculos de todos los clientes monotributistas.
  • Documentá los parámetros: guardá facturas de luz, contratos de alquiler y reportes de ingresos como respaldo de la categoría declarada.
  • Revisá actividades mixtas: quienes facturan servicios y venta de cosas muebles tienen topes distintos y deben prestar especial atención.
  • Comunicá los nuevos montos: avisales a tus clientes el nuevo valor de cuota para que ajusten sus previsiones de caja desde agosto.

¿Qué cambia en Facturear?

En Facturear no hay cambios técnicos derivados de esta novedad: podés seguir emitiendo tus comprobantes con normalidad bajo tu categoría actual. Lo importante es que, una vez que confirmes la recategorización en el portal de ARCA, tu condición frente al monotributo quede actualizada para que los comprobantes que emitas reflejen correctamente tu situación fiscal. Si pasás del monotributo al Régimen General, sí vas a tener que actualizar tu configuración en la plataforma para empezar a emitir facturas A (o B según corresponda) con discriminación de IVA. Ante la duda, consultá con tu contador antes de modificar el tipo de comprobante.