Documentation Index
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Débito fiscal
En el IVA, el monto del impuesto que surge de las ventas y servicios prestados por el contribuyente. Se calcula aplicando la alícuota sobre el precio neto de cada operación gravada. Es la obligación que el contribuyente debe al fisco antes de restar el crédito fiscal.
Declaración Jurada (DDJJ)
Presentación formal que el contribuyente realiza ante ARCA informando sus ingresos, gastos, bienes o impuestos. Tiene carácter de declaración bajo juramento: consignar datos falsos tiene consecuencias penales y tributarias. Puede ser mensual (IVA), cuatrimestral (Monotributo informativa) o anual (Ganancias, Bienes Personales).
Deducción
Concepto que la ley permite restar de la base imponible para reducir el impuesto a pagar. En Ganancias incluye el mínimo no imponible, cargas de familia, cuotas médicas, seguros de vida, donaciones a entidades reconocidas y gastos necesarios para obtener la ganancia gravada.
Domicilio fiscal
Lugar que el contribuyente declara ante ARCA como sede principal de sus actividades económicas o donde lleva su administración. Es el domicilio físico al que se remiten notificaciones en papel cuando no existe DFE activo o cuando la notificación requiere presencia física. Debe mantenerse actualizado; el incumplimiento puede acarrear multas formales.
DFE
Domicilio Fiscal Electrónico. Buzón digital oficial en el portal de ARCA donde el organismo cursa notificaciones, intimaciones y resoluciones con plena validez legal, equivalente a una cédula judicial. Es obligatorio para todos los contribuyentes desde 2026. Las notificaciones se consideran efectuadas a los 5 días hábiles de su publicación, haya o no ingresado el contribuyente al portal.