El Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) ya está plenamente operativo. ARCA difundió la Guía N° 56 del Libro de Sueldos Digital (LSD), que detalla cómo los empleadores deben informar el beneficio de reducción de contribuciones patronales para nuevos empleos. La novedad clave para liquidadores y contadores es la aparición del código de incentivo 710, que debe consignarse correctamente en el F.931 para que el cómputo de la rebaja impacte en la declaración jurada. A continuación repasamos cómo aplicar el régimen en la práctica y qué validaciones tener en cuenta para no perder el beneficio.Documentation Index
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Qué es el RIFL y a quién alcanza
El RIFL es un régimen que reduce las contribuciones patronales sobre las nuevas relaciones laborales que el empleador incorpore por encima de su nómina base. La idea es premiar la creación de empleo registrado: los trabajadores que se sumen como puestos genuinamente nuevos generan, durante el período del beneficio, una alícuota reducida de contribuciones con destino a la seguridad social.El beneficio se aplica por trabajador y requiere que el alta represente un incremento real de la dotación. No corresponde para reemplazos de personal ya existente ni para casos donde la baja anterior y el alta nueva configuren una sustitución encubierta.
El código 710 en el Libro de Sueldos Digital
La Guía N° 56 publicada por ARCA establece el procedimiento concreto para identificar, dentro del LSD, a los empleados alcanzados por el régimen. El mecanismo se apoya en el código de incentivo 710, que se carga a nivel de cada relación laboral beneficiada. Una vez consignado el código, el sistema:- Identifica al trabajador como sujeto del RIFL.
- Calcula automáticamente la reducción de contribuciones patronales aplicable.
- Traslada el resultado al F.931, donde queda reflejada la diferencia entre la contribución plena y la reducida.
Pasos operativos para el empleador
Verificar la elegibilidad del puesto
Confirmar que el alta corresponde a un puesto nuevo y que el trabajador cumple con los requisitos del RIFL.
Cargar el código 710 en el LSD
Al armar la liquidación del período, asignar el código de incentivo 710 al legajo del empleado beneficiado.
Generar el F.931
Una vez cerrado el LSD, generar la declaración jurada. El sistema replica automáticamente la información del régimen.
Controlar el cómputo de la reducción
Antes de presentar, revisar que las contribuciones patronales informadas reflejen la alícuota reducida sobre los empleados marcados con el 710.
Puntos críticos al liquidar
La operatoria parece sencilla, pero tiene varios puntos donde suelen aparecer inconsistencias:- Carga retroactiva: si se omitió el código 710 en un período ya presentado, hay que rectificar el F.931 para acceder al beneficio. No se aplica de oficio.
- Altas y bajas en el mismo mes: si en el período hay bajas que pueden interpretarse como sustitución, el régimen podría observarse. Conviene documentar la diferencia entre puestos.
- Trabajadores con regímenes especiales: si el empleado ya está alcanzado por otro incentivo o reducción, hay que validar la compatibilidad antes de marcar el 710.
- Coherencia con Mi Simplificación: el alta en AFIP/ARCA debe ser consistente con la fecha y modalidad declarada en el LSD.
Recomendaciones para el cierre mensual
Para integrar el RIFL al circuito de liquidación sin sobresaltos, conviene:- Mantener un listado interno de empleados RIFL con fecha de alta, motivo y vencimiento del beneficio.
- Cruzar mes a mes ese listado contra los legajos cargados con código 710 en el LSD.
- Conservar documentación respaldatoria del incremento neto de dotación (comparativo de nómina base vs. nómina del período).
- Capacitar al equipo de sueldos en la lectura de la Guía N° 56, ya que las próximas actualizaciones de ARCA podrían sumar validaciones automáticas.