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Quiénes están obligados a emitir facturas electrónicas en Argentina
La factura electrónica pasó de ser una opción a ser una obligación para prácticamente todos los contribuyentes argentinos. Esta guía explica quiénes están alcanzados, desde cuándo, y cuáles son las pocas excepciones vigentes.Resumen: ¿tengo que emitir factura electrónica?
La respuesta corta: casi seguro que sí. Si sos contribuyente activo en Argentina (Monotributista, Responsable Inscripto, Exento en IVA, o prestás servicios profesionales), estás obligado a emitir comprobantes electrónicos.Desde la RG 4290/2018 y sucesivas resoluciones, la obligatoriedad se extendió a prácticamente todos los contribuyentes activos. Las excepciones son muy puntuales.
Calendario de obligatoriedad por tipo de contribuyente
Responsables Inscriptos en IVA
Los Responsables Inscriptos fueron los primeros en incorporarse al sistema:| Año | Quiénes se incorporaron |
|---|---|
| 2002 | Grandes contribuyentes (piloto) |
| 2004-2007 | Contribuyentes grandes por actividad |
| 2011-2013 | Extensión masiva a todos los RI |
| 2015 | Obligatorio para todos los Responsables Inscriptos activos |
Monotributistas
| Año | Categorías incorporadas |
|---|---|
| 2017 | Categorías I, J, K (altas) |
| 2018 | Categorías G y H |
| 2019 | Todas las categorías (A a K) |
Exentos en IVA
Los contribuyentes exentos en IVA (por actividad) también están alcanzados:- Desde 2018: exentos con ingresos superiores a cierto umbral
- Desde 2020: extensión a exentos con menores ingresos
Profesionales (médicos, abogados, contadores, ingenieros, etc.)
Los profesionales que tributan por sus honorarios:- Desde 2012-2015: grandes estudios y profesionales con altos ingresos
- Desde 2019: prácticamente todos los profesionales, independientemente de sus ingresos
Obligatoriedad por sector de actividad
Algunos sectores tienen normativas específicas además de las generales:Sector Salud
- Obras sociales y prepagas: obligatoriedad especial para comprobantes de prestaciones médicas
- Farmacias: integración con el sistema de recetas electrónicas
- Médicos y profesionales de salud: mismas reglas que el resto de profesionales
Sector Gastronómico y Retail
Los restaurantes, comercios y comercios minoristas pueden optar entre:- Factura electrónica (web service)
- Controlador fiscal de nueva generación (equipos fiscales electrónicos)
Sector Agropecuario
- Liquidaciones de cereales: sistema especial (Liquidación Primaria de Granos)
- Facturas de campo: integración con el sistema agropecuario de ARCA
Sector Construcción
- Certificados de obra: sistema especial para obras en ejecución
- Facturas a consumidor final: pueden usar factura electrónica o controlador fiscal
Excepciones a la obligatoriedad
Existen situaciones donde la factura electrónica no es obligatoria o no es posible:Zonas sin conectividad
Contribuyentes ubicados en zonas rurales o sin acceso a internet pueden utilizar el sistema CAEA (Código de Autorización Electrónico Anticipado), que permite generar códigos de autorización en bloque con anticipación, sin necesidad de conexión en el momento de la venta. Facturear soporta el sistema CAEA para estos casos.Pequeños contribuyentes con ingresos mínimos
Existen ciertos regímenes especiales para contribuyentes con ingresos muy bajos o en situaciones de subsistencia, pero representan una minoría muy pequeña del universo de contribuyentes.Operaciones específicas
Algunos tipos de operaciones tienen sus propios sistemas:- Recibos de sueldos: no son facturas (son liquidaciones de haberes)
- Liquidaciones de comisiones: sistema propio para agentes de bolsa y similares
- Boletas de depósito: operaciones bancarias tienen sus propios comprobantes
Sanciones por no cumplir con la obligatoriedad
No emitir factura electrónica cuando estás obligado puede resultar en:| Sanción | Base legal |
|---|---|
| Multa por omisión de factura | Desde $500 hasta el 100% del impuesto relacionado |
| Clausura del local | De 3 a 10 días (aplicable a locales comerciales) |
| Exclusión del Monotributo | Si la infracción es reiterada |
| Presunción de ingresos no declarados | ARCA puede estimar ingresos en base a indicios |
Cómo verificar tu obligación actual
Para saber exactamente qué obligaciones te aplican:- Consultá en el portal de ARCA (arca.gob.ar) con tu clave fiscal — en “Mis obligaciones”
- Consultá con tu contador — especialmente si tenés actividades mixtas o situaciones especiales
- Verificá el estado de tu inscripción — la obligatoriedad aplica a contribuyentes con inscripción activa
¿Cómo empezar si todavía no facturás electrónicamente?
Si todavía no migraste a la facturación electrónica, el proceso es más simple de lo que parece con Facturear:Registrate en facture.ar — es gratuito empezar
Seguí la guía de inicio para configurar tu CUIT
Elegí entre Certificado Digital o Delegación para conectarte con ARCA
Facturación electrónica para empleadores (recibos de sueldo)
Un punto importante: la factura electrónica no aplica para recibos de sueldo. Los recibos son documentación laboral (regida por la Ley de Contrato de Trabajo), no fiscal. Sin embargo, existen plataformas de liquidación de haberes digital para empleadores.Preguntas frecuentes
Soy ama de casa que vende productos artesanales en ferias — ¿debo facturar?
Soy ama de casa que vende productos artesanales en ferias — ¿debo facturar?
Depende de si estás inscripta como contribuyente. Si realizás ventas de manera informal sin inscripción en ARCA, técnicamente no podés emitir comprobantes válidos, pero tampoco estás cumpliendo con la normativa. La solución correcta es inscribirte como Monotributista (la categoría más baja es muy accesible) y emitir Facturas C.
¿Puedo seguir usando facturas en papel?
¿Puedo seguir usando facturas en papel?
En la mayoría de los casos, no. Si estás obligado a facturar electrónicamente, las facturas en papel ya no tienen validez fiscal. Algunos rubros específicos con autorización de ARCA pueden usar facturas en papel de manera transitoria, pero son casos excepcionales.
Tengo un puesto en una feria sin internet — ¿qué hago?
Tengo un puesto en una feria sin internet — ¿qué hago?
Usás el sistema CAEA. Antes del evento, solicitás en ARCA un bloque de CAEAs para el rango de comprobantes que vas a emitir. Emitís las facturas en el evento (aunque sea offline) usando esos CAEAs pre-aprobados. Al volver con internet, reportás los comprobantes emitidos.
¿Los alquileres de vivienda deben facturarse electrónicamente?
¿Los alquileres de vivienda deben facturarse electrónicamente?
Depende. Los alquileres de vivienda están exentos de IVA, pero igual deben emitirse recibos o comprobantes. Si sos Responsable Inscripto, debés emitir comprobantes electrónicos (tipo Factura B o C con monto exento). Si sos Monotributista, emitís Factura C.
¿Las donaciones o colaboraciones voluntarias necesitan factura?
¿Las donaciones o colaboraciones voluntarias necesitan factura?
Si son donaciones genuinas sin contraprestación, no son ingresos gravados y no requieren factura. Pero si hay una contraprestación (servicio, bien, membresía), sí corresponde facturar.
Recursos relacionados
- Qué es la factura electrónica en Argentina
- Facturar siendo monotributista
- Facturar siendo responsable inscripto
- ARCA reemplaza a AFIP
- Comenzar con Facturear
Emití facturas electrónicas con Facturear
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