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El proyecto de Presupuesto 2027 que el Poder Ejecutivo envió al Congreso incorpora un capítulo específico con incentivos tributarios destinados a las empresas privadas que asuman la concesión de más de 9.000 kilómetros de rutas nacionales. A diferencia de otros regímenes promocionales recientes, este esquema se plantea con carácter permanente y sin fecha de caducidad, lo que introduce una lógica de largo plazo para el negocio vial. Para el sector, la propuesta apunta a resolver uno de los cuellos de botella históricos: la ecuación económica de las concesiones viales, castigada por la carga tributaria acumulada entre Nación, provincias y municipios.

Los cuatro pilares del régimen

El proyecto contempla beneficios en tributos nacionales y también invita a las provincias a sumarse con exenciones locales. En términos operativos, el paquete se estructura sobre cuatro ejes.

1. Amortización acelerada en Ganancias

Las concesionarias podrán amortizar de manera acelerada los bienes de uso afectados a la obra y explotación del corredor vial. Este mecanismo permite adelantar el reconocimiento del gasto contra el Impuesto a las Ganancias, reduciendo la base imponible en los primeros años del contrato, cuando la inversión es más intensiva.

2. Tratamiento especial del IVA

El régimen prevé un tratamiento diferencial del IVA vinculado a la construcción, mantenimiento y explotación de las rutas concesionadas, incluyendo mecanismos de devolución anticipada del crédito fiscal generado por las inversiones. El objetivo es evitar la acumulación de saldos a favor técnicos que suelen inmovilizar capital de trabajo durante años.

3. Cómputo integral del impuesto al cheque

Se autoriza el cómputo del 100% del Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios como pago a cuenta de Ganancias. Actualmente, el régimen general permite computar solo una porción, por lo que este beneficio equivale, en la práctica, a neutralizar el efecto del tributo sobre la rentabilidad de las concesionarias.

4. Alivios provinciales sobre Ingresos Brutos y Sellos

El Presupuesto invita a las provincias a adherir al régimen, ofreciendo exenciones en Ingresos Brutos sobre la actividad de concesión vial y en el Impuesto de Sellos sobre los contratos vinculados. La adhesión provincial será clave: sin ella, los beneficios nacionales pierden buena parte de su atractivo, ya que la carga subnacional puede representar un porcentaje relevante de los ingresos brutos por peajes.
El régimen se estructura como permanente. No se trata de una promoción por plazo determinado, sino de un tratamiento estable para todas las concesiones que se firmen bajo este marco.

Qué falta definir

El proyecto todavía debe atravesar el debate parlamentario y no cuantifica el costo fiscal del régimen. Esta ausencia es relevante: sin una estimación oficial del gasto tributario, resulta difícil dimensionar el impacto sobre la recaudación nacional y provincial.
El régimen aún no es ley. Se trata de un proyecto incluido en el Presupuesto 2027, sujeto a modificaciones durante el tratamiento en el Congreso. Las empresas interesadas deberían monitorear la redacción final antes de estructurar inversiones bajo este marco.

Comparación rápida con el régimen general

Lectura para el sector

El régimen se enmarca en una estrategia oficial más amplia de ofrecer previsibilidad tributaria a inversiones de infraestructura de largo plazo, en línea con la lógica que ya inauguró el RIGI para grandes proyectos. La diferencia central es que aquí el beneficio no depende de un umbral mínimo de inversión ni de un plazo de adhesión, sino de la naturaleza de la actividad: la concesión de rutas nacionales. Para contadores y asesores del sector construcción, ingeniería vial y financiamiento de infraestructura, conviene comenzar a modelar estructuras societarias y flujos financieros que aprovechen los cuatro beneficios en conjunto, especialmente la combinación de amortización acelerada con la neutralización del impuesto al cheque.

¿Qué cambia en Facturear?

No hay impacto directo en la plataforma. El régimen apunta a un universo muy acotado de empresas concesionarias de rutas nacionales y opera principalmente sobre Ganancias, IVA y tributos provinciales, sin modificar la operatoria de facturación electrónica ni los circuitos de emisión de comprobantes. Si el proyecto se convierte en ley y ARCA dicta reglamentación con impacto en comprobantes o percepciones específicas, lo comunicaremos oportunamente.