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El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires confirmó modificaciones al Impuesto de Patentes sobre Vehículos en General que regirán a partir de 2027. La medida combina alivio fiscal para la mayoría de los contribuyentes con nuevas exenciones orientadas a la renovación del parque automotor y al fomento de la movilidad sustentable. Para contadores y empresas con flotas radicadas en CABA, es información clave a la hora de proyectar cargas tributarias del próximo ejercicio y revisar padrones vehiculares.

Los tres ejes del cambio

La reforma se apoya en tres definiciones concretas anunciadas por la Ciudad:
  1. Reducción del impuesto para el 60% de los vehículos patentados en CABA.
  2. Exención total para vehículos eléctricos.
  3. Baja para vehículos con más de 20 años de antigüedad, con un universo de 152.000 unidades que dejarán de pagar el tributo.
El 40% restante del parque automotor pagará en 2027 el mismo monto nominal que en 2026, lo que en términos reales también implica una reducción de la carga.

¿A quiénes alcanza la baja?

Según lo informado, seis de cada diez autos radicados en la Ciudad tributarán menos que este año. La medida se apoya en la actualización de valuaciones y en la revisión de alícuotas del impuesto patrimonial que grava a los vehículos.
El impuesto de Patentes en CABA se determina sobre la valuación fiscal del vehículo, publicada anualmente por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor (DNRPA) y adoptada por AGIP para el cálculo del tributo.

Exención para vehículos eléctricos

La incorporación de una exención total para autos eléctricos consolida beneficios tributarios que la Ciudad ya venía comunicando en materia de movilidad sustentable. Es un incentivo directo al recambio tecnológico y puede ser relevante para empresas que estén evaluando electrificar parte de su flota. Para el asesor impositivo, es momento de:
  • Relevar en la flota del cliente si hay unidades 100% eléctricas.
  • Verificar la categoría registral del vehículo en el título automotor.
  • Anticipar el trámite de reconocimiento de exención ante AGIP una vez que se reglamente.

Vehículos con más de 20 años

La baja para 152.000 unidades con más de 20 años de antigüedad reconoce que se trata de vehículos con valuaciones fiscales bajas, cuya recaudación es marginal frente al costo administrativo. Para el contribuyente particular, implica un alivio directo; para el contador que administra patrimonios familiares o sucesiones, simplifica la carga anual.
Que un vehículo quede exento del impuesto de Patentes no lo exime de otras obligaciones: seguro obligatorio (Ley 24.449), VTV vigente y trámites registrales siguen siendo exigibles. Además, deberá confirmarse el mecanismo de aplicación automática o si se requerirá gestión ante AGIP.

Cuadro resumen de los cambios 2027

Recomendaciones para contadores y empresas

1

Actualizar el padrón vehicular del cliente

Cruzar los dominios activos con la fecha de patentamiento y el tipo de motorización para identificar qué unidades quedarían alcanzadas por cada beneficio.
2

Proyectar el costo fiscal 2027

Estimar el ahorro esperado sobre la flota, especialmente en empresas con vehículos comerciales o utilitarios radicados en CABA.
3

Revisar la radicación

Confirmar que la radicación del vehículo esté efectivamente en CABA. Radicaciones antiguas o mal registradas pueden impedir el acceso al beneficio.
4

Monitorear la reglamentación

Estar atentos a la publicación oficial de la Ley Tarifaria 2027 y a las resoluciones complementarias de AGIP que detallen alícuotas, escalas y procedimiento para exenciones.

Puntos abiertos a la reglamentación

A la fecha del anuncio, resta conocer el texto definitivo de la Ley Tarifaria 2027 y las resoluciones de AGIP que fijen:
  • Escalas de alícuotas actualizadas.
  • Procedimiento para solicitar la exención de vehículos eléctricos (si es automática o requiere trámite).
  • Fecha efectiva de aplicación de la baja para vehículos de más de 20 años.
  • Calendario de vencimientos y cuotas del período fiscal 2027.
Se recomienda revisar el sitio oficial de AGIP y el Boletín Oficial de CABA en las próximas semanas.

¿Qué cambia en Facturear?

No hay impacto directo en la plataforma. El impuesto de Patentes de CABA es un tributo patrimonial provincial que no se gestiona a través de facturación electrónica ni tiene relación con la emisión de comprobantes AFIP/ARCA. Facturear no requiere adecuaciones por esta medida. De todos modos, si asesorás clientes con flotas comerciales, es un buen momento para acompañar la novedad con un relevamiento del parque automotor y una proyección de ahorro fiscal para 2027.