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En octubre de 2025, ARCA (ex AFIP) mantiene sin cambios los umbrales que activan la obligación de reporte por parte de bancos, billeteras virtuales y otros sujetos alcanzados por los regímenes de información. Para contadores y contribuyentes, es clave distinguir entre lo que se informa y lo que efectivamente se investiga: superar un tope no dispara una fiscalización automática, pero sí deja rastro en la base de datos del organismo.

Qué operaciones se reportan y por qué

Los regímenes de información obligan a entidades financieras, procesadores de pagos y proveedores de servicios de pago (PSP) —donde se incluyen las billeteras virtuales— a comunicar mensualmente a ARCA determinadas operaciones cuando superan ciertos montos. El objetivo del organismo es cruzar esa información con las declaraciones juradas del contribuyente y detectar inconsistencias entre lo declarado y los movimientos reales.
Estar informado por una entidad no equivale a estar bajo inspección. Es información que ARCA recibe de rutina y sólo se transforma en un procedimiento si detecta desvíos relevantes respecto de la capacidad contributiva declarada.

Umbrales vigentes en octubre 2025

ARCA sostuvo para octubre los mismos topes que rigieron durante septiembre. Los principales parámetros que activan la obligación de informar son: Estos montos se evalúan por persona (humana o jurídica) y por entidad. Es decir, si un contribuyente opera con varios bancos o billeteras, cada una analiza sus propios movimientos contra el umbral.
Los umbrales pueden actualizarse mes a mes. Verificá siempre el valor vigente al momento del análisis, especialmente si asesorás a clientes con movimientos cercanos al tope.

Qué mira ARCA cuando se supera un umbral

Cuando una operación queda reportada, el organismo la cruza con:
  • La categoría de monotributo o la condición frente a IVA y Ganancias.
  • Los ingresos declarados en el último período fiscal.
  • El patrimonio declarado en Bienes Personales, si corresponde.
  • Otras fuentes de información (escribanos, inmobiliarias, compras de vehículos, viajes al exterior).
Si los movimientos son consistentes con la actividad declarada, el registro queda como antecedente sin más consecuencias. Si aparecen inconsistencias —por ejemplo, un monotributista de categoría baja con acreditaciones millonarias— es probable que se dispare una intimación, una recategorización de oficio o una fiscalización.

Recomendaciones prácticas para contadores y contribuyentes

1

Revisá la coherencia entre facturación y acreditaciones

Si un cliente factura mensualmente $5.000.000 pero recibe transferencias por $40.000.000, hay que documentar el origen de esos fondos (préstamos, ventas de bienes personales, cobros por cuenta de terceros).
2

Separá cuentas personales y comerciales

Especialmente para monotributistas y autónomos, mantener cuentas diferenciadas facilita justificar los movimientos frente a un eventual pedido de ARCA.
3

Guardá respaldo documental

Contratos de mutuo, boletos de compraventa, recibos y comprobantes de operaciones entre familiares deben conservarse al menos por el plazo de prescripción fiscal.
4

Evaluá recategorizaciones a tiempo

Si los ingresos reales superaron los topes de la categoría vigente, conviene recategorizarse antes de que ARCA lo haga de oficio con intereses y multas.
5

Advertí sobre el uso de billeteras de terceros

Recibir cobros en billeteras a nombre de otra persona no oculta la operación: el PSP igual informa al titular y las inconsistencias se detectan por cruces cruzados.

Billeteras virtuales: mismo tratamiento que los bancos

Desde 2022, los PSP están equiparados a las entidades financieras en materia de regímenes de información. Esto significa que Mercado Pago, Ualá, Personal Pay, Naranja X y el resto de las billeteras aplican los mismos umbrales y frecuencia de reporte que los bancos tradicionales. La creencia de que “por billetera no se ve” está desactualizada hace tiempo.
Los saldos en billeteras virtuales al 31 de diciembre también deben declararse en Bienes Personales si el patrimonio total supera el mínimo no imponible del período.

¿Qué cambia en Facturear?

No hay impacto directo en la operatoria de Facturear. Los regímenes de información son obligaciones de bancos y PSP, no de los emisores de comprobantes. De todos modos, mantener la facturación al día y consistente con los cobros efectivamente recibidos sigue siendo la mejor defensa frente a cualquier cruce que realice ARCA a partir de los datos que le reportan las entidades.