Qué beneficios contempla el nuevo régimen
El paquete apunta a mejorar la ecuación económico-financiera de las concesionarias en tres frentes: impuestos nacionales, tributos que impactan sobre el flujo de caja y cargas provinciales.Beneficios en impuestos nacionales
La amortización acelerada permite deducir en menos ejercicios el costo de las inversiones en bienes de uso, adelantando el escudo fiscal y mejorando el valor presente del proyecto. En obras viales, donde la inversión inicial es intensiva, este mecanismo suele ser determinante para la ecuación del concesionario.
El cómputo total del impuesto al cheque contra Ganancias es otro punto relevante: hoy, con carácter general, solo una porción de ese tributo puede tomarse como pago a cuenta. Permitir el 100% neutraliza uno de los impuestos más distorsivos sobre el capital de trabajo.
El tratamiento especial de IVA es clave en proyectos de infraestructura porque los créditos fiscales por compras e importaciones se acumulan durante la etapa de construcción, cuando aún no hay ingresos operativos suficientes para absorberlos. La devolución anticipada libera flujo de fondos y reduce el costo financiero de la obra.
Beneficios en tributos provinciales
Acá aparece la novedad política del esquema: el Presupuesto ofrece alivios en Ingresos Brutos y Sellos para las jurisdicciones que adhieran, pero condiciona el beneficio a que las provincias eliminen esos tributos para las actividades alcanzadas. En la práctica, el Gobierno busca comprometer a los gobernadores a ceder recaudación propia a cambio de obras en las rutas que atraviesan sus territorios. La adhesión provincial es voluntaria, por lo que el mapa de aplicación efectiva dependerá de las negociaciones federales.Costo fiscal sin cuantificar
Uno de los puntos que llamó la atención de analistas y de la oposición es que el proyecto no cuantifica el costo fiscal del régimen dentro del capítulo de Gastos Tributarios. El Presupuesto 2027 estima gastos tributarios totales equivalentes al 3,67% del PBI, una proporción similar a la del ejercicio anterior, pero el régimen vial —al igual que sucede con el RIGI— no fue imputado por encontrarse en etapas iniciales de implementación. Esta omisión abre un debate sobre la transparencia fiscal del esquema, ya que los beneficios son permanentes y podrían tener un impacto significativo sobre la recaudación futura una vez que las concesiones estén en operación plena.Qué mirar desde la perspectiva de contadores y empresas
Para los estudios que asesoren a potenciales oferentes o a proveedores de las futuras concesionarias, hay varios frentes a monitorear:- Reglamentación: la letra fina de cómo se instrumentará la devolución del IVA y el mecanismo de amortización acelerada aún debe definirse por normativa complementaria.
- Adhesión provincial: seguir de cerca qué jurisdicciones aceptan las condiciones para eliminar Ingresos Brutos y Sellos sobre estas actividades.
- Encadenamiento con proveedores: evaluar si los beneficios alcanzan solo a los concesionarios o si se extienden a la cadena de subcontratistas y proveedores de la obra vial.
- Aprobación parlamentaria: el régimen forma parte del proyecto de Presupuesto, por lo que su vigencia depende de la sanción de la ley.