Por qué se necesita una segunda versión
El régimen vigente desde diciembre de 2025 fue presentado como una herramienta para incorporar al circuito formal ahorros que hoy están fuera del sistema. Sin embargo, según coinciden contadores y especialistas consultados por Infobae, varias zonas grises operaron como freno:- Alcance impreciso sobre qué operaciones podían realizarse con fondos exteriorizados sin disparar nuevas obligaciones.
- Dudas sobre la interacción con otros regímenes informativos y con la fiscalización posterior.
- Falta de certezas para quienes ya venían operando en la formalidad y querían “ordenar” saldos remanentes.
El equipo económico reconoció que la baja adhesión inicial no se explica por falta de interés, sino por inseguridad jurídica sobre las consecuencias del blanqueo. Inocencia Fiscal II apunta a despejar ese punto.
Ejes del proyecto Inocencia Fiscal II
De acuerdo con la información difundida, la nueva redacción busca ordenar el régimen en torno a los siguientes ejes:1. Mayor claridad sobre el uso de los fondos
El proyecto apunta a precisar qué se puede hacer con el dinero exteriorizado sin que eso derive en nuevas contingencias fiscales. Ese era uno de los reclamos centrales de asesores tributarios.2. Reglas más definidas para el contribuyente formal
Se busca contemplar la situación de quienes ya declaran sus ingresos y patrimonio pero mantienen ahorros o remanentes fuera del sistema, un universo que la ley original no terminaba de resolver.3. Previsibilidad frente a fiscalizaciones posteriores
Uno de los puntos más sensibles: acotar el margen de reinterpretación futura por parte del organismo recaudador sobre operaciones ya exteriorizadas bajo el régimen.Qué deberían evaluar contadores y contribuyentes
Para quienes están asesorando o analizando la adhesión, conviene ordenar el análisis en algunos pasos.1
Relevar la situación patrimonial
Identificar qué activos no declarados existen, su origen y su ubicación (país, tipo de instrumento, titularidad).
2
Comparar régimen vigente vs. proyecto
Analizar si conviene avanzar bajo la normativa actual o esperar la eventual sanción de Inocencia Fiscal II, según el perfil del contribuyente.
3
Documentar respaldos
Reunir documentación bancaria, contratos y comprobantes que sustenten el origen de los fondos ante eventuales requerimientos posteriores.
4
Proyectar el impacto en obligaciones futuras
Estimar cómo impactan los fondos exteriorizados en Bienes Personales, Ganancias y demás obligaciones periódicas.
5
Seguir el trámite legislativo
Monitorear la aprobación en el Senado y la eventual reglamentación, que puede modificar plazos y condiciones.
Puntos abiertos hasta la sanción
Hasta que el proyecto no obtenga media sanción y sanción definitiva, hay elementos que permanecen en el terreno de la expectativa:Es recomendable seguir de cerca las resoluciones generales que el organismo recaudador pueda emitir en caso de aprobarse el proyecto, ya que definirán los aspectos operativos concretos: formularios, plazos, alícuotas efectivas y mecánica de declaración.