Por qué la protección nacional no alcanza a IIBB
El esquema de Inocencia Fiscal modifica la relación del contribuyente con ARCA, es decir, con los tributos nacionales. La Constitución reserva a las provincias la potestad sobre sus propios impuestos. Por eso la ley invita a las jurisdicciones a adherir, pero no puede obligarlas. Mientras esa adhesión no ocurra:- Los fiscos provinciales mantienen intactas sus herramientas de recaudación y fiscalización.
- Los bancos, como agentes de recaudación, siguen aplicando las alícuotas que les informan los padrones provinciales.
- El sistema de retención no distingue el origen de los fondos. Una acreditación es una acreditación, venga de un cliente o del colchón.
Cómo funcionan las retenciones bancarias de IIBB
Los regímenes de recaudación sobre acreditaciones bancarias, como el SIRCREB para contribuyentes de Convenio Multilateral y los regímenes propios de cada jurisdicción para contribuyentes locales, operan sobre padrones. La provincia informa a las entidades financieras qué CUIT deben ser retenidos y con qué alícuota, y el banco descuenta el importe en el momento de la acreditación. La retención no es el impuesto en sí. Es un pago a cuenta del IIBB que el contribuyente debe determinar en su declaración jurada. Ahí está el problema: si el dinero depositado no corresponde a una actividad gravada, la retención genera un saldo a favor que puede tardar en recuperarse.Depositar ahorros propios no es, en principio, un hecho imponible de Ingresos Brutos, que grava el ejercicio habitual y a título oneroso de una actividad. Por eso las retenciones sobre esos fondos suelen ser pagos a cuenta de un impuesto que no corresponde.
Qué contribuyentes están expuestos
El caso más delicado es el del monotributista. Si su obligación de IIBB es una cuota fija o un régimen simplificado, una retención relevante sobre un depósito de ahorros puede superar largamente lo que paga en el año. Compensarla o pedir la devolución lleva tiempo y trámites.
Cómo anticipar el impacto antes de depositar
Qué hacer si ya hubo retenciones indebidas
Si la retención ya se practicó, las alternativas habituales son:- Computarla en la declaración jurada de IIBB como pago a cuenta. Si el impuesto determinado es menor, queda saldo a favor para los períodos siguientes.
- Solicitar la devolución o compensación ante el fisco provincial cuando el saldo a favor no se va a poder absorber en un plazo razonable.
- Pedir la reducción de alícuota o la exclusión del padrón, si el régimen provincial lo prevé, para evitar que se repita en futuros depósitos.