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La implementación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) viene generando consultas en estudios contables y áreas de liquidación de sueldos. Una de las más repetidas involucra a sociedades chicas donde el único trabajador registrado es un director en relación de dependencia que no determina contribuciones al SIPA. ARCA respondió la consulta. La aclaración alcanza tres aspectos del régimen: el aporte, la cuenta y el ID FAL. Sin embargo, todavía queda una duda operativa sin resolver.

El caso: una sociedad con un director como único dependiente

Es un esquema habitual en SA y SRL familiares o de pocos socios. La sociedad no tiene empleados en sentido estricto y el único trabajador registrado es un director que, además de su función societaria, figura en relación de dependencia. La particularidad es que ese director no determina contribuciones patronales al SIPA. Con esta nueva obligación, surgen preguntas concretas:
  • ¿La sociedad queda alcanzada por el FAL aunque no haya contribuciones al SIPA?
  • ¿Tiene que abrir o tener asignada una cuenta en el fondo?
  • ¿Qué pasa con el ID FAL, el identificador del empleador dentro del sistema?

Por qué este supuesto genera dudas

El FAL es una obligación nueva y los empleadores la están incorporando sobre una estructura de declaración que ya conocen: la de las cargas sociales. Cuando un trabajador registrado no genera contribuciones al SIPA, no queda claro si eso arrastra también al FAL o si se trata de obligaciones independientes. Para el estudio contable, el riesgo es doble:
  • Por exceso: generar aportes, cuentas o identificadores que no corresponden y después tener que regularizarlos.
  • Por defecto: asumir que el empleador queda afuera del régimen y omitir una obligación.
Por eso la respuesta de ARCA tiene valor práctico, aunque se refiera a un universo acotado de contribuyentes.

Qué alcanza la aclaración de ARCA

La respuesta abarca los tres componentes operativos del régimen. Esto es lo que conviene revisar en cada uno al aplicarla a tus clientes:
Antes de definir el tratamiento para cada cliente, leé el texto completo de la respuesta de ARCA. La aclaración es específica para el caso en que el director es el único trabajador registrado y no determina contribuciones al SIPA. Si la sociedad tiene otros empleados, o si el director sí determina contribuciones, la situación es distinta y no conviene extender la respuesta por analogía.

La duda operativa que sigue abierta

La aclaración resuelve el criterio de fondo, pero todavía queda una cuestión operativa pendiente. Esto es frecuente en regímenes recién implementados: el criterio normativo se define primero y los sistemas y aplicativos se ajustan después. En la práctica, puede pasar que lo que ARCA dice que corresponde hacer todavía no se pueda reflejar sin fricciones en los sistemas. Mientras eso no se aclare, conviene:
  • Documentar el criterio aplicado en cada legajo.
  • Guardar constancia de la respuesta de ARCA en la que te apoyás.
  • Seguir las actualizaciones de preguntas frecuentes y comunicaciones oficiales sobre el FAL.
No des por cerrado el tema en sociedades con este esquema. Hasta que se resuelva la duda operativa, revisá periódicamente si ARCA publica nuevas precisiones o cambios en los sistemas que modifiquen cómo se cumple la obligación.

Qué conviene hacer ahora

1

Identificá a los clientes alcanzados

Relevá qué sociedades tienen como único trabajador registrado a un director en relación de dependencia que no determina contribuciones al SIPA.
2

Contrastá cada caso con la respuesta de ARCA

Verificá que el supuesto coincida exactamente con el consultado. Cualquier diferencia, como otro empleado o un director que sí determina contribuciones, saca al cliente del alcance de la aclaración.
3

Revisá aporte, cuenta e ID FAL

Aplicá el criterio de ARCA a cada uno de los tres aspectos y dejá registrado qué se hizo y por qué.
4

Seguí la duda operativa

Agendá una revisión cuando ARCA publique nuevas precisiones, para ajustar lo hecho si hace falta.

En síntesis

  • ARCA aclaró el tratamiento del FAL cuando el único trabajador registrado es un director en relación de dependencia sin contribuciones al SIPA.
  • La respuesta cubre aporte, cuenta e ID FAL.
  • Queda pendiente una duda operativa, por lo que conviene documentar el criterio adoptado y seguir las novedades.
  • La aclaración es puntual: no la extiendas a situaciones con más empleados o con directores que sí determinan contribuciones.

¿Qué cambia en Facturear?

No hay impacto en la facturación. El Fondo de Asistencia Laboral es una obligación de la seguridad social vinculada a la relación laboral. No modifica la emisión de comprobantes electrónicos, los datos obligatorios de las facturas, el CAE ni los tipos de comprobante. Podés seguir facturando en Facturear como siempre. Esta novedad corresponde al área de liquidación de sueldos y cargas sociales de cada empresa o estudio.