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ARCA oficializó los nuevos valores del Monotributo que rigen a partir de octubre de 2026. La actualización es del 16,8% y se aplica tanto a las cuotas mensuales como a los topes de ingresos brutos, alquileres devengados y precio unitario de venta. El ajuste busca mantener el régimen en línea con la inflación acumulada y evitar que los contribuyentes queden desplazados a categorías superiores por efecto nominal. A continuación detallamos los puntos clave de la actualización y qué tenés que revisar si sos monotributista o asesorás a contribuyentes del régimen simplificado.

Qué cambió en octubre 2026

La suba del 16,8% impacta sobre los tres componentes de la cuota mensual:
  • Impuesto integrado (componente impositivo que reemplaza a Ganancias e IVA).
  • Aporte previsional al SIPA.
  • Aporte a la Obra Social.
Además, se actualizaron los parámetros físicos y de facturación que determinan la categoría en la que debe estar encuadrado cada contribuyente: ingresos brutos anuales, alquileres devengados y precio máximo unitario de venta (para quienes comercializan cosas muebles).
La actualización se aplica de manera automática: no requiere trámite por parte del contribuyente. Las nuevas cuotas se ven reflejadas en el VEP correspondiente al período fiscal octubre 2026, con vencimiento habitual el día 20 del mes.

Impacto sobre cada categoría

El esquema del Monotributo mantiene las categorías de la A a la K, con la distinción habitual entre quienes realizan locaciones y prestaciones de servicios y quienes se dedican a la venta de cosas muebles. En ambos casos, la cuota mensual sube un 16,8% respecto de los valores vigentes hasta septiembre.

Qué tenés que mirar

  • El tope anual de facturación de tu categoría: si estás cerca del límite, considerá que la recategorización semestral se realiza en enero y julio, pero los parámetros ya rigen para medir los últimos 12 meses móviles.
  • El componente de obra social: si sumaste adherentes (familiares a cargo), cada uno paga el mismo monto adicional que el titular.
  • Aportes jubilatorios: los profesionales con otra caja previsional obligatoria pueden estar exentos del componente SIPA.
Si tu facturación acumulada de los últimos 12 meses supera el tope de la categoría K, quedás excluido de pleno derecho del régimen y debés inscribirte en el régimen general (IVA + Ganancias + Autónomos). La exclusión tiene efectos retroactivos al momento en que se produjo la causal.

Recategorización: fechas y criterios

Aunque el ajuste de octubre no coincide con una recategorización obligatoria, es un buen momento para revisar la situación. Las recategorizaciones se realizan: Para la recategorización se consideran:
  1. Ingresos brutos de los últimos 12 meses.
  2. Energía eléctrica consumida en los últimos 12 meses.
  3. Alquileres devengados en los últimos 12 meses.
  4. Superficie afectada a la actividad.
Si en algún momento del semestre superaste alguno de los parámetros de tu categoría, debés recategorizarte en la próxima fecha prevista. No hacerlo expone al contribuyente a sanciones y al pago de diferencias.

Facturación y comprobantes

Los monotributistas siguen emitiendo facturas tipo C (o tipo E en operaciones de exportación). La actualización no modifica los tipos de comprobante ni los datos obligatorios: la factura C sigue sin discriminar IVA, dado que el impuesto integrado reemplaza al tributo. Lo que sí es clave: llevar un control preciso de la facturación mensual para anticipar una posible recategorización o, en el peor escenario, la exclusión del régimen.

¿Qué cambia en Facturear?

No hay cambios en la forma de emitir comprobantes. Los monotributistas continúan emitiendo factura C con los mismos datos de siempre, y la plataforma mantiene la operatoria habitual. Lo que sí recomendamos es aprovechar los reportes de facturación acumulada disponibles en Facturear para:
  • Verificar los ingresos de los últimos 12 meses contra el nuevo tope de tu categoría.
  • Anticiparte a la recategorización de enero 2027.
  • Detectar a tiempo si estás próximo al límite de la categoría K, que es la frontera entre el régimen simplificado y el régimen general.
Si asesorás a varios monotributistas, es un buen momento para hacer el repaso cliente por cliente y ajustar expectativas de cara al cierre del segundo semestre.