La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) de la Ciudad de Buenos Aires habilitó un régimen de regularización para deudas de ABL (Alumbrado, Barrido y Limpieza) y Patentes de vehículos. El plan está vigente desde el 15 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2026 y ofrece dos modalidades: pago al contado con condonación total de los intereses resarcitorios, o financiación en hasta 12 cuotas con una quita parcial y sin interés de financiación.
Si tenés inmuebles o vehículos radicados en CABA con deuda acumulada, o asesorás a clientes que estén en esa situación, conviene analizar el plan antes de fin de año.
Las dos modalidades del plan
Pago al contado
Quien cancele la deuda en un solo pago accede a la condonación del 100% de los intereses resarcitorios. En la práctica, se abona el capital adeudado sin los recargos que se fueron acumulando por mora. Es la opción que genera el mayor ahorro nominal.
Pago en cuotas
La alternativa financiada permite dividir la deuda en hasta 12 cuotas, con una quita del 50% de los intereses y sin interés de financiación. Cada cuota representa una porción de la deuda ya reducida, sin costo adicional por el plazo.
La información difundida no detalla el número de resolución de AGIP que aprueba el régimen ni condiciones como montos mínimos de cuota o causales de caducidad. Antes de adherir, verificá la normativa oficial publicada por AGIP para conocer todos los requisitos.
Quiénes pueden adherir
El régimen está dirigido a contribuyentes con deudas de ABL y/o Patentes en la Ciudad de Buenos Aires. Esto incluye a:
- Empresas con inmuebles (oficinas, locales, depósitos) o flotas de vehículos radicados en CABA.
- Monotributistas y profesionales independientes que tengan deuda por su vivienda, su lugar de trabajo o su vehículo.
- Personas humanas en general con atrasos en estos tributos.
Para los contadores, el plan es una oportunidad para hacer un relevamiento de la cartera de clientes y detectar quiénes tienen saldos impagos en estos conceptos, que muchas veces quedan fuera del radar frente a obligaciones nacionales.
Cómo encarar la adhesión
Qué conviene evaluar antes de elegir
El peso de los intereses en la deuda total
Cuanto más antigua es la deuda, mayor es la proporción de intereses resarcitorios y, por lo tanto, mayor la diferencia entre ambas modalidades.
Ejemplo ilustrativo (montos hipotéticos): una deuda de ABL con $100.000 de capital y $40.000 de intereses resarcitorios.
En este caso, el pago al contado ahorra $20.000 adicionales respecto de la opción en cuotas.
El costo de oportunidad del dinero
La opción en cuotas no tiene interés de financiación, pero tiene un costo implícito: el 50% de los intereses que no se condonan. La pregunta es si ese costo es menor que el rendimiento que podrías obtener con esos fondos o que el costo de financiarte por otra vía. Para una empresa con caja ajustada, distribuir el pago en 12 meses puede ser más razonable que resentir el capital de trabajo, aunque el total sea mayor.
La capacidad real de cumplir
Un plan en cuotas exige disciplina en los pagos. Antes de elegirlo, asegurate de que las cuotas entren en el flujo de fondos previsto para los próximos meses, considerando que el período incluye obligaciones de fin de año como aguinaldos y vencimientos impositivos.
El régimen vence el 31 de diciembre de 2026. Diciembre suele concentrar vencimientos y cierres, así que no conviene dejar la adhesión para los últimos días: relevá la deuda y definí la modalidad con anticipación.
¿Qué cambia en Facturear?
No hay impacto en la plataforma. El plan de AGIP para deudas de ABL y Patentes es un régimen de regularización de tributos locales y no modifica la forma de emitir comprobantes electrónicos, los datos obligatorios de la factura ni los tipos de comprobante. Podés seguir facturando con Facturear como hasta ahora.