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El Poder Ejecutivo publicó el Decreto 1253/2026, que reglamenta la segunda etapa de la llamada Inocencia Fiscal. Reemplaza íntegramente la reglamentación del régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias vigente desde febrero y modifica tres puntos centrales:
  • Quiénes pueden entrar al régimen.
  • Cuándo ARCA puede desconocer una declaración jurada simplificada.
  • Cómo se aplican las reducciones de multas.
Para los estudios contables es una norma de alto impacto en la planificación de la cartera de personas humanas. Sin embargo, todavía no es plenamente operativa, porque faltan las normas complementarias de ARCA.

El contexto: por qué importa esta reglamentación

El régimen simplificado de Ganancias es una de las herramientas centrales de la política oficial para incentivar que los ahorros no declarados (“dólares del colchón”) vuelvan al circuito formal. El atractivo para el contribuyente depende de dos factores:
  • La amplitud del acceso.
  • La seguridad jurídica, es decir, qué tan estable es la declaración presentada frente a una eventual fiscalización.
El Decreto 1253/2026 actúa sobre ambos frentes: amplía el acceso y, al mismo tiempo, fija con más precisión cuándo el beneficio se cae.

Los cambios clave en un vistazo

Sin topes de ingresos ni patrimonio

El cambio más relevante es la eliminación de los límites de ingresos y patrimonio que condicionaban la adhesión. Contribuyentes que antes quedaban afuera por superar alguno de esos parámetros ahora pueden evaluar el régimen simplificado. Para el asesor, esto obliga a revisar la cartera completa. La pregunta ya no es “¿califica?”, sino “¿le conviene?”.

La “discrepancia significativa”: el límite del beneficio

El decreto precisa qué se entiende por discrepancia significativa. Es la situación que habilita a ARCA a impugnar la declaración jurada simplificada y a avanzar sobre períodos anteriores. En la práctica, este concepto marca la frontera entre la protección que ofrece el régimen y la exposición a una fiscalización tradicional.
Que el régimen sea “simplificado” no significa que no pueda revisarse. Si ARCA detecta una discrepancia significativa en los términos del Decreto 1253/2026, puede impugnar la declaración y revisar ejercicios previos. Antes de recomendar la adhesión, conviene analizar la consistencia entre la información declarada y la que el fisco ya tiene del contribuyente (consumos, movimientos bancarios, bienes registrables, facturación).

Rectificar la DDJJ 2025 para pasarse al simplificado

Quienes ya presentaron la declaración jurada del período 2025 por el régimen general pueden rectificarla y optar por el régimen simplificado. Es una buena noticia para los contribuyentes que presentaron antes de conocer las nuevas condiciones o que quedaban excluidos por los topes ahora eliminados.
El decreto habilita la posibilidad de rectificar, pero el procedimiento concreto depende de las normas operativas que debe dictar ARCA. Hasta que se publiquen, no es recomendable presentar rectificativas improvisadas.

Reducción de multas de hasta el 50%

La reglamentación también precisa cómo funcionan las reducciones de sanciones de hasta el 50% para pymes y personas humanas. Hay dos definiciones relevantes:
  • Se toma la condición del contribuyente al momento del incumplimiento. Para saber si corresponde el beneficio, se mira si era pyme o persona humana cuando cometió la infracción, no cuando se aplica la multa.
  • La reducción opera de pleno derecho. No requiere una solicitud especial del contribuyente para hacerse efectiva.
Este último punto se alinea con un criterio reciente de la Corte Suprema: las obligaciones formales que establece ARCA, como adherir mediante un aplicativo determinado, no pueden anular beneficios fiscales que otorga una ley. Es un argumento útil para los profesionales que enfrenten trabas administrativas al reclamar la reducción.

Lo que todavía falta

Aunque el decreto ya está vigente, ARCA aún debe dictar las normas operativas que permitan aplicar varios de estos cambios en los sistemas. Entre otros aspectos, la mecánica de rectificación del período 2025 depende de esa reglamentación.

Cómo conviene actuar mientras tanto

¿Qué cambia en Facturear?

No hay impacto en la emisión de comprobantes. El Decreto 1253/2026 regula la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias, las facultades de impugnación de ARCA y el régimen de multas. No modifica los tipos de comprobante, los datos obligatorios de la factura ni los procedimientos de CAE o CAEA. Podés seguir facturando con Facturear exactamente igual que hasta ahora. Hay, de todos modos, una recomendación de fondo. La consistencia entre lo facturado y lo declarado es clave para evitar discrepancias. Tener la facturación ordenada y accesible facilita el análisis previo a cualquier decisión sobre el régimen simplificado.