- Quiénes pueden entrar al régimen.
- Cuándo ARCA puede desconocer una declaración jurada simplificada.
- Cómo se aplican las reducciones de multas.
El contexto: por qué importa esta reglamentación
El régimen simplificado de Ganancias es una de las herramientas centrales de la política oficial para incentivar que los ahorros no declarados (“dólares del colchón”) vuelvan al circuito formal. El atractivo para el contribuyente depende de dos factores:- La amplitud del acceso.
- La seguridad jurídica, es decir, qué tan estable es la declaración presentada frente a una eventual fiscalización.
Los cambios clave en un vistazo
Sin topes de ingresos ni patrimonio
El cambio más relevante es la eliminación de los límites de ingresos y patrimonio que condicionaban la adhesión. Contribuyentes que antes quedaban afuera por superar alguno de esos parámetros ahora pueden evaluar el régimen simplificado. Para el asesor, esto obliga a revisar la cartera completa. La pregunta ya no es “¿califica?”, sino “¿le conviene?”.La “discrepancia significativa”: el límite del beneficio
El decreto precisa qué se entiende por discrepancia significativa. Es la situación que habilita a ARCA a impugnar la declaración jurada simplificada y a avanzar sobre períodos anteriores. En la práctica, este concepto marca la frontera entre la protección que ofrece el régimen y la exposición a una fiscalización tradicional.Rectificar la DDJJ 2025 para pasarse al simplificado
Quienes ya presentaron la declaración jurada del período 2025 por el régimen general pueden rectificarla y optar por el régimen simplificado. Es una buena noticia para los contribuyentes que presentaron antes de conocer las nuevas condiciones o que quedaban excluidos por los topes ahora eliminados.El decreto habilita la posibilidad de rectificar, pero el procedimiento concreto depende de las normas operativas que debe dictar ARCA. Hasta que se publiquen, no es recomendable presentar rectificativas improvisadas.
Reducción de multas de hasta el 50%
La reglamentación también precisa cómo funcionan las reducciones de sanciones de hasta el 50% para pymes y personas humanas. Hay dos definiciones relevantes:- Se toma la condición del contribuyente al momento del incumplimiento. Para saber si corresponde el beneficio, se mira si era pyme o persona humana cuando cometió la infracción, no cuando se aplica la multa.
- La reducción opera de pleno derecho. No requiere una solicitud especial del contribuyente para hacerse efectiva.