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Convenio Multilateral

El Convenio Multilateral es el acuerdo entre todas las jurisdicciones argentinas (23 provincias + CABA) que regula cómo se distribuye la base imponible del Impuesto sobre los Ingresos Brutos cuando un contribuyente ejerce actividad en más de una provincia.

¿Cuándo aplica el Convenio Multilateral?

Debés aplicar el Convenio Multilateral cuando:
  1. Tenés actividad económica en más de una jurisdicción (más de una provincia o CABA)
  2. Esa actividad está vinculada: los ingresos de una jurisdicción se originan en gestiones, gastos u operaciones realizados en otra
Si vendés exclusivamente desde un local en CABA y tus clientes también son todos de CABA, no aplicás Convenio Multilateral. Pero si tenés clientes en otras provincias y realizás alguna actividad allí (visitas, despachos, etc.), probablemente sí.

Régimen General del Convenio Multilateral

El Régimen General (Art. 2) distribuye la base imponible según dos coeficientes:

Coeficiente de ingresos (50%)

Proporción de los ingresos obtenidos en cada jurisdicción sobre el total de ingresos del año anterior.

Coeficiente de gastos (50%)

Proporción de los gastos soportados en cada jurisdicción sobre el total de gastos del año anterior.

Regímenes especiales

Para ciertas actividades existen regímenes específicos:

Cómo se presentan las declaraciones: SIFERE Web

Los contribuyentes del Convenio Multilateral presentan sus declaraciones juradas a través del SIFERE Web (Sistema Federal de Recaudación), administrado por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (COMARB). Ver la guía completa: SIFERE Web: cómo presentar la DJ

Inicio de actividades bajo Convenio Multilateral

Al inscribirte inicialmente (primer año), los coeficientes se calculan en base a los datos del primer ejercicio (ingresos y gastos reales del año en curso), no del año anterior. En el segundo año, ya podés usar los coeficientes del ejercicio anterior.

Vencimientos del Convenio Multilateral 2025

Los anticipos mensuales del Convenio Multilateral vencen en fechas que establece la COMARB:
  • Generalmente entre el 5 y el 30 de cada mes
  • Los vencimientos exactos se publican anualmente en el sitio de COMARB (comarb.gov.ar)

Preguntas frecuentes

Sí. Podés tener actividades locales (solo en una provincia) y actividades que se distribuyen por el Convenio, siempre que las diferencies correctamente en tu declaración.
Es un área de debate. En general, si vendés desde un único domicilio y no tenés presencia física en otras provincias, podés tributar solo en tu jurisdicción. Pero si realizás despachos, tenés depósitos o representantes en otras provincias, probablemente apliques Convenio. Consultá con tu contador.
Los coeficientes se actualizan una vez al año en base a los datos del ejercicio anterior. En enero, empezás a aplicar los coeficientes calculados con los datos del año anterior.

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