Skip to main content

Aportes de Autónomos

Los trabajadores autónomos que no están en el Monotributo ni en relación de dependencia tienen la obligación de hacer aportes previsionales al sistema jubilatorio de forma independiente. Estos aportes son la base de su futura jubilación.

¿Quiénes son “autónomos” a efectos previsionales?

Son autónomos los que:
  • Ejercen actividades por cuenta propia (profesionales, comerciantes, industriales)
  • No están en el Monotributo (que tiene su propio esquema de aportes)
  • No están en relación de dependencia (los empleados tienen aportes a través de su empleador)
Un Responsable Inscripto que trabaja de forma independiente (no tiene empleador) generalmente es autónomo a efectos previsionales.

Categorías de autónomos

Los autónomos se clasifican en categorías según su actividad e ingresos:
Los montos se actualizan trimestralmente. Verificá los valores vigentes en arca.gob.ar.

Cómo inscribirse como autónomo


Vencimientos del aporte mensual

El vencimiento es el último día hábil del mes, según el último dígito del CUIT:

Aportes de autónomos y jubilación

Los aportes de autónomos dan derecho a:
  • Jubilación ordinaria: al cumplir la edad (65 hombres, 60 mujeres) y reunir los años de aportes requeridos
  • Cobertura por invalidez
  • Pensión por fallecimiento para los beneficiarios
Para acceder a la jubilación ordinaria se requieren 30 años de aportes (con algunas excepciones y moratorias).

Diferencia con los aportes del Monotributo


Recursos relacionados