Skip to main content

Percepciones y retenciones de Ingresos Brutos

Las percepciones y retenciones de IIBB son mecanismos de recaudación anticipada que las jurisdicciones provinciales usan para cobrar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos antes de que venza el anticipo mensual.

Retenciones de IIBB

Una retención se practica en el momento del pago: cuando te pagan una factura, el pagador te retiene un porcentaje como anticipo de tu IIBB.

Quiénes retienen

Son agentes de retención las empresas designadas por cada provincia (generalmente grandes contribuyentes, entidades financieras, el Estado).

Cómo afecta tu cobro

Si emitís una factura por 100.000ytuclienteesagentederetencioˊndeIIBB,podrıˊaretenerteel3100.000 y tu cliente es agente de retención de IIBB, podría retenerte el 3% = 3.000. Cobrarías $97.000 netos. Ese $3.000 es un pago a cuenta de tu IIBB del mes. Lo acreditás en tu DJ.

Percepciones de IIBB

Una percepción se practica en el momento de la compra: cuando comprás algo a un proveedor que es agente de percepción, te cobra el impuesto anticipado en la misma factura.

Ejemplo

Comprás $50.000 de mercadería a un proveedor que es agente de percepción de ARBA (Provincia de Buenos Aires):
Esos $500 de percepción son un crédito a tu favor en tu próxima DJ de IIBB de PBA.

Cómo computar retenciones y percepciones en tu DJ

En tu declaración jurada mensual de IIBB:
Si las retenciones y percepciones superan al impuesto determinado, tenés saldo a favor que se aplica en el período siguiente.

Cómo registrar las retenciones y percepciones en Facturear

Cuando emitís una factura y tu cliente te retiene IIBB:
  1. El cliente te entrega una constancia de retención con los datos
  2. Guardás esa constancia
  3. En tu DJ mensual de IIBB la cargás como retención sufrida
Facturear registra el monto bruto de la factura (sin descontar la retención), ya que la retención es un pago que hace el cliente en tu nombre al fisco provincial.

Diferencias entre provincias

Cada provincia tiene sus propias reglas:

Preguntas frecuentes

Debés analizar si correspondía esa retención. Si la actividad se desarrolló en esa jurisdicción, puede que debas inscribirte. Consultá con tu contador.
Sí, pero el proceso varía por provincia. Generalmente primero se aplica contra futuros anticipos. Si el saldo persiste, podés solicitar transferencia o devolución según el procedimiento de cada provincia.

Recursos relacionados