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Retenciones del Impuesto a las Ganancias

Las retenciones de Ganancias son una forma de pago anticipado del impuesto. Cuando cobrás ciertos honorarios o servicios, quien te paga retiene un porcentaje en concepto de Ganancias y lo deposita a ARCA en tu nombre.

¿Cuándo te retienen Ganancias?

Las retenciones de Ganancias aplican sobre pagos que se consideran rentas gravadas de 2da, 3ra o 4ta categoría, cuando el pagador es designado agente de retención. Situaciones comunes:

Alícuotas de retención (orientativas)

Las alícuotas de retención varían según el régimen específico:

Umbral mínimo de retención

No todas las operaciones generan retención. Existe un monto mínimo por debajo del cual no se retiene (actualizable por ARCA). Para honorarios profesionales, el monto mínimo es de aproximadamente $100.000 por operación (varía).

Cómo computar las retenciones en tu DDJJ anual

Las retenciones de Ganancias que te practicaron durante el año funcionan como pagos a cuenta:
Para personas físicas con actividad independiente, las retenciones se declaran en la DDJJ anual de Ganancias.

Retenciones de 4ta categoría: empleados

Para los empleados en relación de dependencia, su empleador actúa como agente de retención y les retiene Ganancias mensualmente. Ver: Ganancias 4ta categoría.

Cómo ver las retenciones en el sistema de ARCA

Las retenciones que te practicaron y que los agentes informaron a ARCA están disponibles en el servicio “Mis Retenciones”. Ver: Cómo usar Mis Retenciones en ARCA

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