IVA en importaciones
Cuando importás bienes o contratás servicios del exterior, el IVA también aplica. El tratamiento varía según seas Responsable Inscripto, Monotributista o consumidor final.IVA en importaciones de bienes
Al importar bienes al país, pagás IVA en la Aduana (como parte de los tributos de importación):
El IVA diferencial es un pago a cuenta del IVA que se aplica sobre las importaciones para igualarlo con la carga impositiva de los bienes nacionales.
Crédito fiscal del IVA de importación
Si sos Responsable Inscripto:- El IVA pagado en Aduana constituye crédito fiscal
- Podés compensarlo con el débito fiscal de tus ventas
- Se declara en la DDJJ mensual de IVA
Monotributistas e importaciones
Los monotributistas no pueden recuperar el IVA de las importaciones:- Pagan el IVA aduanero como cualquier importador
- Ese costo queda como gasto del negocio (no se recupera)
- Si el monto de importaciones es significativo, conviene evaluar si el Régimen General es más conveniente
IVA en importación de servicios (servicios digitales)
Desde 2018 (RG 4240/2018 y posteriores), los servicios digitales prestados por proveedores del exterior a beneficiarios en Argentina pagan IVA:¿Cómo se paga?
- Para consumidores finales y monotributistas: el banco/entidad de pago retiene automáticamente el IVA
- Para Responsables Inscriptos: se autoliquida en la DDJJ de IVA (puede ser crédito fiscal)
Facturas por servicios del exterior (autofactura)
Como Responsable Inscripto, cuando contratás servicios del exterior y el proveedor no emite factura argentina, debés emitir una nota de débito / comprobante de autofacturación:- Registrás el servicio como importación de servicios
- Calculás el IVA (21% sobre el importe del servicio)
- Lo declarás en tu DDJJ de IVA como débito fiscal (que luego lo compensás como crédito fiscal)
Percepciones en importaciones
Además del IVA, las importaciones pueden tener:- Percepción de Ganancias (3%)
- Percepción de IIBB (varía por provincia)
- Derecho de importación (arancel externo común del MERCOSUR)
Preguntas frecuentes
¿Pago doble IVA si importo un bien que voy a revender?
¿Pago doble IVA si importo un bien que voy a revender?
No. Si sos Responsable Inscripto, el IVA aduanero que pagaste es crédito fiscal. Cuando revendés el bien, cobrás IVA al cliente (débito fiscal) y compensás el crédito de la importación. No hay doble imposición.
¿Las suscripciones a servicios como Adobe o Google Workspace tienen IVA?
¿Las suscripciones a servicios como Adobe o Google Workspace tienen IVA?
Sí. Los servicios digitales del exterior cobran IVA en Argentina. Si sos consumidor final o monotributista, te lo retienen automáticamente en el pago con tarjeta. Si sos Responsable Inscripto, lo autoliquidás en tu DDJJ.