Cómo funciona la actualización
La Ley 27.617 y su reglamentación establecen que los valores de deducciones y escalas se ajustan periódicamente por la variación del RIPTE o, en su defecto por decisión del Ejecutivo, por IPC. En la práctica reciente, los ajustes vienen aplicándose de forma semestral en enero y julio, con actualizaciones intermedias que replican la inflación mensual acumulada.La actualización que rige desde agosto se calcula sobre la base del IPC de junio. Los empleadores, en su rol de agentes de retención (RG AFIP 4003/E), deben aplicar los nuevos valores al liquidar los sueldos devengados en el mes.
Qué cambia con el reajuste
- Se elevan los importes de deducciones personales: mínimo no imponible, deducción especial y cargas de familia (cónyuge/conviviente e hijos).
- Se actualizan los tramos de la escala progresiva del impuesto, evitando que trabajadores caigan en alícuotas más altas por efecto nominal de aumentos salariales.
- Se recalculan topes de deducciones específicas (alquileres, servicio doméstico, seguros, entre otras).
Piso salarial estimado
Qué deben hacer los empleadores
1
Cargar los nuevos parámetros
Actualizar en el sistema de liquidación de sueldos los importes de deducciones personales y los tramos de la escala vigentes desde agosto.
2
Revisar el F. 572 web (SiRADIG)
Verificar que las deducciones informadas por los empleados estén cargadas y respaldadas antes del cierre de la liquidación mensual.
3
Recalcular retenciones acumuladas
Aplicar los nuevos valores sobre la base acumulada del período fiscal 2026, ajustando las retenciones proyectadas hasta fin de año.
4
Informar en el recibo
Reflejar de forma clara en el recibo de sueldo el concepto y monto retenido, conforme al artículo 12 de la Ley 20.744.
Impacto en la planificación
Para los equipos de administración y contadores que asesoran empresas, el ajuste implica revisar:- Proyecciones de costo laboral: aunque el impuesto no es carga patronal, afecta el neto que percibe el trabajador y suele ser variable en negociaciones salariales.
- Bonos y gratificaciones extraordinarias: los pagos no habituales tienen tratamiento específico y su impacto en la retención cambia con los nuevos umbrales.
- Empleados en el límite: quienes venían pagando por poco margen pueden salir del alcance del impuesto tras el ajuste, o viceversa si el sueldo se actualizó por paritaria.
Los trabajadores que quieran declarar nuevas deducciones (alquiler de vivienda, personal doméstico, cuota médico-asistencial, intereses de créditos hipotecarios, entre otros) deben cargarlas en el SiRADIG-Trabajador a través de la web de ARCA. La carga puede hacerse en cualquier momento del año, pero conviene mantenerla al día para que las retenciones mensuales reflejen la situación real.