Qué es el Plan de Facilidades de Pago Permanente
El régimen permanente de ARCA permite regularizar obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social en cuotas mensuales, con financiación a tasa oficial. A diferencia de las moratorias, que aparecen y desaparecen según la coyuntura, este plan está siempre disponible: es la vía “por default” para diferir el pago de una DDJJ cuando no se cuenta con la liquidez suficiente al vencimiento. Para el caso puntual de Ganancias y Bienes Personales, la habilitación implica que el saldo declarado en la posición anual puede incluirse dentro del plan y cancelarse en cuotas.El plan de facilidades permanente no condona intereses ni multas: financia el saldo, pero cada cuota devenga el interés de financiación vigente publicado por ARCA. Conviene comparar ese costo con el de una fuente de financiamiento privada antes de adherir.
Quiénes pueden adherirse
Pueden solicitar el plan tanto personas humanas como jurídicas que tengan a su cargo obligaciones vinculadas a:- Impuesto a las Ganancias — DDJJ anual (personas humanas y sociedades).
- Impuesto sobre los Bienes Personales — DDJJ anual y, en su caso, acciones y participaciones.
- Anticipos vencidos de ambos gravámenes.
Cómo adherir paso a paso
Presentar la DDJJ
Antes de armar el plan, la declaración jurada de Ganancias y/o Bienes Personales debe estar presentada y el saldo determinado en el sistema de ARCA.
Ingresar al sistema Mis Facilidades
Con Clave Fiscal nivel 3 o superior, ingresá al servicio “Mis Facilidades” desde el portal de ARCA.
Seleccionar el plan permanente
Elegí la opción correspondiente al Régimen de Facilidades de Pago Permanente e indicá las obligaciones a incluir (Ganancias, Bienes Personales, anticipos, intereses).
Definir CBU y cantidad de cuotas
Cargá la CBU desde la cual se debitará cada cuota y confirmá la cantidad de cuotas ofrecida por el sistema según tu perfil.
Puntos críticos a revisar antes de confirmar
| Aspecto | Qué verificar |
|---|---|
| Perfil SIPER | Determina cantidad máxima de cuotas y tasa. |
| Tasa de financiación | Publicada por ARCA; compararla con alternativas bancarias. |
| CBU informada | Debe estar activa y a nombre del contribuyente o responsable. |
| Cuotas mínimas | ARCA fija un importe mínimo por cuota, revisar antes de fraccionar. |
| Caducidad | Dos cuotas impagas consecutivas o alternadas suelen provocar la caída del plan. |
Recomendaciones para el estudio contable
- Anticipar la conversación con el cliente: si el saldo de Ganancias o Bienes Personales es relevante, planteá el plan como opción antes del vencimiento, no después.
- Documentar la decisión: dejar constancia por escrito de que el cliente eligió financiar y no cancelar al contado, especialmente cuando existen alternativas de crédito privado.
- Cargar recordatorios: los débitos mensuales requieren seguimiento; una cuota rechazada puede hacer caer todo el plan.
- Revisar anticipos: si se incluyen anticipos vencidos, verificar que no queden obligaciones sueltas fuera del plan que generen intimaciones paralelas.