Nuevas fechas de vencimiento
La prórroga afecta dos vencimientos puntuales dentro del calendario de Personas Humanas. El resto del esquema se mantiene sin cambios.¿Por qué se otorgó la prórroga?
La extensión del plazo se enmarca en el contexto del tratamiento parlamentario del proyecto de “Régimen de Inocencia Fiscal” enviado por el Poder Ejecutivo, que la Cámara de Diputados comenzará a analizar el 26 de agosto. El proyecto busca corregir los errores de la primera versión del régimen para “sacar los dólares del colchón” y podría tener implicancias directas sobre la determinación del impuesto de este período. Frente a la incertidumbre normativa, ARCA optó por dar aire a los contribuyentes y sus asesores, evitando que se presenten declaraciones que luego debieran rectificarse.Es la segunda vez que el organismo prorroga este vencimiento, lo que refleja la complejidad del cierre 2025 y la expectativa por definiciones legislativas todavía pendientes al momento del vencimiento original.
A quiénes alcanza la medida
La prórroga aplica exclusivamente a Personas Humanas y Sucesiones Indivisas inscriptas en el Impuesto a las Ganancias. No modifica los vencimientos del impuesto para Sociedades ni de otros gravámenes bajo la órbita de ARCA. Dentro del universo alcanzado quedan comprendidos:- Trabajadores autónomos.
- Directores y socios de sociedades que perciben honorarios.
- Empleados en relación de dependencia que hayan superado el mínimo no imponible y estén obligados a presentar por otros conceptos.
- Contribuyentes con rentas de segunda, tercera (unipersonales), cuarta o quinta categoría con obligación de presentar DDJJ.
Recomendaciones para organizar el cierre
Aunque la prórroga da un mes adicional, la disociación entre presentación y pago exige un manejo cuidadoso del cronograma.1
Liquidá el impuesto en tiempo y forma
No esperes al 22 de septiembre para determinar el impuesto. Trabajá con la liquidación en las fechas originales, porque el saldo debe pagarse según el cronograma no modificado.
2
Revisá el proyecto de Inocencia Fiscal
Seguí de cerca el tratamiento parlamentario a partir del 26 de agosto. Si se aprueban modificaciones, evaluá su impacto antes de presentar.
3
Verificá anticipos ingresados
Confirmá que todos los anticipos del período fiscal 2025 estén correctamente imputados en la cuenta corriente tributaria del contribuyente.
4
Programá el primer anticipo 2026
Recordá que el primer anticipo del período 2026 vence el 24 de septiembre. Preveé la disponibilidad financiera del contribuyente.
5
Chequeá acceso a Clave Fiscal
Si algún cliente perdió el acceso, puede recuperarla desde la app ARCA Móvil con DNI y cámara del celular, sin necesidad de turno presencial.