Faltan apenas ocho días para que venza la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025, un trámite que este año adquiere una relevancia especial: es la puerta de entrada al régimen simplificado del esquema conocido como Inocencia Fiscal II, orientado a facilitar la exteriorización de tenencias no declaradas, incluidos los llamados “dólares del colchón”.
Mientras tanto, el Senado todavía no aprobó el proyecto oficial —que ya obtuvo dictamen en comisión— y desde distintos sectores profesionales se pide una nueva prórroga para evitar que contribuyentes queden fuera del beneficio por una cuestión de calendario legislativo.
El plazo para presentar la DDJJ de Ganancias 2025 vence en 8 días. Sin esa presentación, no se puede acceder al régimen simplificado de Inocencia Fiscal, aunque el Senado termine aprobando el proyecto en las próximas semanas.
Por qué esta DDJJ es distinta a las anteriores
La presentación de Ganancias 2025 opera, en la práctica, como condición habilitante para adherir al régimen simplificado. Es decir, no alcanza con querer sumarse al esquema de exteriorización: hay que tener la declaración jurada presentada en tiempo y forma para que la adhesión sea válida.
Esto genera una situación particular para contadores y contribuyentes:
- La ley aún no está aprobada en el Senado.
- El plazo de la DDJJ sigue corriendo con independencia del trámite parlamentario.
- Perder el vencimiento puede implicar quedar excluido del beneficio incluso si la norma se aprueba después.
La lógica del régimen simplificado exige tener regularizada la situación fiscal del período inmediato anterior. Por eso la DDJJ 2025 funciona como “foto” de partida sobre la cual se compara la exteriorización posterior.
Qué está en juego para el contribuyente
El régimen simplificado busca ofrecer un camino más accesible que el blanqueo tradicional, con menos requisitos formales y costos reducidos para quienes quieran declarar tenencias en efectivo —principalmente dólares fuera del sistema— sin activar reclamos retroactivos por parte del organismo recaudador.
Quedarse afuera implica:
Recomendaciones para estudios y empresas
Ante la incertidumbre legislativa, la recomendación práctica es actuar como si la prórroga no existiera. Toda decisión que dependa de que el Congreso extienda plazos es un riesgo evitable.
El pedido de prórroga
Desde entidades profesionales se planteó la necesidad de una nueva prórroga que contemple la demora legislativa. El argumento central es que resulta razonable que un contribuyente evalúe presentar o no la DDJJ —o cómo componerla— en función de un régimen que todavía no está vigente.
Sin embargo, hasta el momento no hay comunicación oficial que confirme una extensión de plazos. Mientras eso no ocurra, el vencimiento sigue firme.
No conviene esperar el anuncio de una prórroga para trabajar los papeles. Si la extensión llega, será un alivio; si no llega, el estudio que se preparó a tiempo evitará una contingencia grave para su cliente.
¿Qué cambia en Facturear?
Por ahora, ninguna funcionalidad de Facturear se ve afectada. El vencimiento de la DDJJ de Ganancias y el eventual régimen simplificado de Inocencia Fiscal II se gestionan por fuera de la plataforma, en los aplicativos y servicios del organismo recaudador.
De todos modos, seguimos de cerca el tratamiento del proyecto en el Senado. Si la ley se aprueba y su reglamentación introduce nuevos comprobantes, obligaciones de facturación o vínculos con el régimen de emisión electrónica, lo comunicaremos y adaptaremos la plataforma en consecuencia.