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La publicación del Decreto 409/2026 en el Boletín Oficial puso en marcha el Régimen de Promoción del Empleo Registrado, una herramienta largamente esperada por el sector productivo que combina dos objetivos: regularizar relaciones laborales informales y condonar la deuda generada por esa falta de registración. Para contadores y empresas, esto abre una ventana concreta para sincerar situaciones que venían arrastrándose, muchas veces sin una salida razonable desde el punto de vista financiero. En esta nota repasamos los puntos centrales que conviene tener presentes al momento de evaluar la adhesión.

Qué establece el Decreto 409/2026

El decreto reglamenta el régimen aprobado por ley y le da operatividad práctica. En términos generales, habilita a los empleadores a:
  • Regularizar trabajadores no registrados (total o parcialmente, según el caso).
  • Acceder a la condonación de deuda por aportes y contribuciones omitidos.
  • Evitar multas e intereses asociados a la falta de registración previa.
El régimen apunta a empleadores del sector privado que mantengan personal en situación irregular, ya sea porque nunca fue registrado, porque la fecha de ingreso declarada es posterior a la real, o porque se declaró una remuneración inferior a la efectivamente abonada.
La condonación alcanza la deuda generada hasta la fecha de entrada en vigencia del régimen. Las obligaciones posteriores deben cumplirse en forma íntegra y según los plazos generales.

A quiénes les conviene mirar el régimen

El blanqueo laboral resulta especialmente atractivo para:

Empresas con personal “en negro” histórico

Aquellas que arrastran trabajadores sin registrar pueden hoy regularizarlos sin cargar con la deuda previsional acumulada, que en muchos casos hacía inviable cualquier intento de blanqueo voluntario.

PyMEs con registración parcial

Es habitual encontrar casos donde se declara una fecha de ingreso más reciente que la real, o un sueldo menor al efectivamente pagado. El régimen permite corregir esa situación sin sufrir el costo retroactivo completo.

Estudios contables con clientes en zona gris

Para los profesionales que asesoran PyMEs, esta es una oportunidad para ordenar carpetas que vienen postergándose por miedo a las consecuencias económicas de regularizar.

Pasos generales para adherir

1

Relevamiento interno

Identificar al personal en situación irregular y cuantificar la deuda potencial (aportes, contribuciones, períodos involucrados).
2

Evaluación del beneficio

Calcular el porcentaje de condonación aplicable según el caso y compararlo con el costo de regularización futura.
3

Adhesión formal

Presentar la solicitud por los canales que habilite ARCA, con la información de los trabajadores a regularizar.
4

Registración efectiva

Dar de alta a los trabajadores en el sistema “Simplificación Registral” con los datos reales (fecha de ingreso, remuneración).
5

Cumplimiento posterior

Mantener la registración correcta y al día las obligaciones mensuales para no perder los beneficios obtenidos.
La caída en el cumplimiento posterior puede implicar la pérdida de los beneficios y el renacimiento de la deuda condonada. Es clave que la empresa esté en condiciones reales de sostener la registración en el tiempo.

Aspectos prácticos a considerar

Antes de decidir la adhesión, conviene revisar algunos puntos sensibles:
AspectoQué revisar
Antigüedad real del trabajadorImpacta en indemnizaciones futuras y vacaciones
Remuneración a declararDebe reflejar lo efectivamente pagado
Convenio colectivo aplicableDefine mínimos salariales y adicionales
Obra social y ARTAltas correspondientes a partir del blanqueo
Reclamos laborales potencialesEl blanqueo no extingue eventuales acciones del trabajador

El costado laboral, no solo previsional

Un punto que a veces se pasa por alto: el régimen condona deuda con el fisco, pero no cancela los derechos del trabajador frente al empleador. Si la persona decide reclamar diferencias por antigüedad o salarios, esos derechos siguen vigentes según la legislación laboral común. Por eso es recomendable acompañar el blanqueo con un análisis legal del vínculo.

Recomendación para contadores

Más allá del atractivo evidente del régimen, la decisión de adherir requiere un análisis caso por caso. No es un “blanqueo automático”: exige reconstruir la situación real de cada trabajador, proyectar el costo futuro de la registración y evaluar la capacidad de la empresa para sostenerla. El consejo práctico es documentar todo el proceso de decisión: relevamiento, cálculos, conversaciones con la empresa y con los trabajadores cuando corresponda. Esa trazabilidad protege tanto al profesional como al empleador frente a eventuales contingencias.

¿Qué cambia en Facturear?

El Régimen de Promoción del Empleo Registrado es un régimen laboral y previsional, sin impacto directo sobre la emisión de comprobantes electrónicos. Por lo tanto, no hay cambios en Facturear derivados del Decreto 409/2026: la operatoria de facturación sigue funcionando con normalidad. Si tu estudio asesora empresas que están evaluando adherir al blanqueo, podés seguir usando Facturear para la gestión habitual de comprobantes mientras ordenás el frente laboral por los canales correspondientes de ARCA.