Qué cambió con la nueva prórroga
La extensión del plazo alcanza a las personas humanas y sucesiones indivisas que deben presentar la declaración jurada de Ganancias 2025. La particularidad de esta prórroga es la disociación entre presentación y pago, algo que exige planificación financiera y contable por parte de los contribuyentes.Por qué se prorrogó nuevamente
Según trascendió, la decisión de extender por tercera vez el plazo responde a la estrategia oficial vinculada a la captación de fondos no declarados —los denominados “dólares del colchón”— y a la coordinación con el tratamiento parlamentario del proyecto de Inocencia Fiscal II. Ese proyecto, que se debate en la Cámara de Diputados, contempla modificaciones sensibles:- Nuevas reglas para el ingreso al Régimen Simplificado de Ganancias.
- Cambios en el cálculo de la diferencia de impuesto.
- Un plazo límite para exteriorizar los dólares no declarados.
La coincidencia temporal entre el nuevo vencimiento de septiembre y el avance legislativo no es casual: el Gobierno busca que los contribuyentes puedan presentar sus DDJJ con el nuevo marco normativo ya vigente, si el proyecto obtiene sanción.
Otras novedades tributarias en paralelo
La prórroga de Ganancias se dio en el marco de un paquete más amplio de medidas que ARCA implementó recientemente:RIMI: Sistema de Gestión de Inversiones
ARCA habilitó el Sistema de Gestión de Inversiones (SGI), la plataforma digital destinada a que las pymes registren sus proyectos bajo el Régimen de Medianas Inversiones (RIMI) y gestionen los beneficios fiscales asociados. Es una herramienta relevante para empresas medianas que planeen inversiones productivas y quieran acceder a los incentivos tributarios previstos.Transparencia Fiscal en Ingresos Brutos
Varias jurisdicciones —Chubut, CABA, Mendoza y Entre Ríos— tienen cronogramas cercanos para implementar el Régimen de Transparencia Fiscal en Ingresos Brutos, que exige discriminar el impuesto en el ticket o comprobante emitido al consumidor final. Este punto sí impacta directamente en la operatoria de facturación.Recomendaciones para contadores y empresas
1
Liquidá igual antes del 27 de julio
Aunque la presentación se pueda diferir, el saldo debe pagarse en la fecha original. Calculá el impuesto con tiempo.
2
Monitoreá la Inocencia Fiscal II
Si el proyecto obtiene sanción antes del 22 de septiembre, podría modificar el cálculo del impuesto. Conviene esperar señales antes de presentar.
3
Revisá el RIMI si corresponde
Las pymes con proyectos de inversión pueden explorar el SGI para evaluar beneficios fiscales.
4
Preparate para Transparencia Fiscal en IIBB
Si operás en CABA, Chubut, Mendoza o Entre Ríos, revisá los cronogramas de implementación del régimen de discriminación en el ticket.