Qué se vence el 27 de julio
En esa fecha convergen tres obligaciones anuales que afectan principalmente a personas humanas y sucesiones indivisas:| Obligación | Alcance |
|---|---|
| Impuesto a las Ganancias | Personas humanas y sucesiones indivisas — DDJJ anual y saldo |
| Bienes Personales | Contribuyentes alcanzados por el patrimonio al 31/12/2025 |
| Impuesto Cedular | Rentas financieras y otras alcanzadas por el régimen cedular |
Sin reforma y sin nueva prórroga
El escenario actual llega con dos definiciones importantes:- Sin reforma normativa de fondo aplicable a este período: los contribuyentes deben liquidar con las reglas vigentes al cierre del ejercicio 2025.
- Sin nueva prórroga confirmada: la fecha del 27 de julio se sostiene como límite operativo.
Recordá que las deducciones personales (cónyuge conviviente, hijos, otras cargas), los gastos deducibles (alquileres, servicio doméstico, honorarios médicos, intereses de créditos hipotecarios, entre otros) y los anticipos ingresados durante el período deben estar debidamente documentados y cargados antes del envío de la DDJJ.
Checklist para las próximas dos semanas
Revisá el universo de sujetos obligados
Confirmá qué clientes o miembros del equipo quedan alcanzados por Ganancias, Bienes Personales y/o Cedular. Contemplá tanto autónomos como trabajadores en relación de dependencia que superen los mínimos.
Recopilá comprobantes y certificaciones
Certificaciones de retenciones (F.1357 para dependientes), extractos bancarios, tenencias al 31/12/2025, escrituras, valuaciones fiscales de inmuebles y automotores, y comprobantes de gastos deducibles.
Cargá y validá en el aplicativo o servicio web
Utilizá el servicio “Ganancias Personas Humanas” o “Ganancias Simplificada” según corresponda, y “Bienes Personales Web”. Revisá consistencias con la información precargada por ARCA.
Determiná saldo y anticipos
Verificá los anticipos ingresados durante el período y calculá el saldo a pagar o el saldo a favor. Considerá el cómputo del pago a cuenta por Bienes Personales si corresponde.
Puntos de atención frecuentes
- Tenencias en moneda extranjera y criptoactivos: valuación al cierre según normativa vigente.
- Inmuebles y rodados: comparación entre valuación fiscal e histórica cuando corresponda.
- Participaciones societarias: cotejo con balances y responsables sustitutos.
- Rentas del exterior: cómputo del impuesto análogo pagado como crédito.
- Impuesto Cedular: correcta identificación de rentas financieras alcanzadas y su tratamiento específico.