Qué establece la RG 5886/2026
La resolución define el marco operativo para que cualquier persona humana o jurídica pueda realizar exportaciones con fines comerciales mediante el correo, apoyándose en un procedimiento de declaración simplificada. En términos prácticos, se trata de un régimen pensado para envíos de menor escala, típicos del e-commerce internacional, donde antes existían restricciones de valor y un circuito administrativo poco compatible con la lógica del canal postal.La declaración simplificada reemplaza al régimen general de exportación para las operaciones que se canalicen por vía postal a través del operador designado, siempre que cumplan las condiciones fijadas por ARCA.
Los puntos centrales del nuevo régimen
- Sin límite de valor: se eliminan los topes que restringían el uso del canal postal para operaciones comerciales.
- Vía postal a través del operador designado: los envíos deben canalizarse por el operador postal oficial habilitado.
- Declaración simplificada: se reemplaza el trámite de exportación tradicional por un formulario acotado y digital.
- Finalidad comercial habilitada: quedan comprendidas las ventas al exterior realizadas por empresas, monotributistas y responsables inscriptos.
- Menores costos operativos: al simplificar la documentación, se reducen los gastos asociados a despachantes y trámites.
- Foco en comercio electrónico: el régimen busca acompañar el crecimiento de las ventas online transfronterizas.
- Integración con el operador postal: la logística y la carga de datos se articulan con el sistema del correo designado.
A quién beneficia
El régimen apunta especialmente a pymes, emprendedores y vendedores online que hasta ahora encontraban en el circuito de exportación formal una barrera desproporcionada respecto del volumen de sus operaciones. Con la nueva reglamentación, un molino boutique, una marca de indumentaria, un fabricante de suplementos o cualquier productor local puede despachar sus ventas al exterior con un procedimiento más liviano.Cómo se articula el procedimiento
1
Registro como exportador
El vendedor debe estar inscripto ante ARCA con la condición fiscal correspondiente (monotributo, responsable inscripto o persona jurídica) y habilitado para operar en comercio exterior.
2
Carga de la declaración simplificada
Se completa el formulario electrónico con los datos del envío: destinatario, contenido, valor y clasificación de la mercadería.
3
Entrega al operador postal designado
El paquete se despacha por el correo habilitado, que se encarga de la logística internacional y la interfaz con la aduana.
4
Seguimiento y respaldo documental
El exportador debe conservar el comprobante de la operación y la documentación de respaldo para eventuales controles posteriores.
Contexto: un régimen que acompaña otras medidas
La reglamentación se inscribe en una serie de decisiones recientes orientadas a flexibilizar el comercio exterior y estimular la actividad pyme. En paralelo, el Gobierno anunció la ampliación del reintegro de IVA para pymes por $50.000 millones y se introdujeron cambios en el régimen de courier para envíos puerta a puerta destinados a uso personal. En conjunto, estas medidas configuran un escenario en el que el canal postal deja de ser exclusivamente un medio para recibir mercadería del exterior y pasa a consolidarse también como una vía formal y accesible para vender al mundo.Recomendaciones para contadores y empresas
- Revisar la situación fiscal del cliente antes de habilitarlo como exportador postal.
- Definir criterios internos para valorizar la mercadería y emitir los comprobantes que respalden la operación.
- Considerar el impacto de la operación en la liquidación de divisas y en la determinación del IVA e Ingresos Brutos.
- Documentar cada envío como respaldo ante eventuales fiscalizaciones.