Cómo se actualiza la tabla del Monotributo
Desde la reforma introducida por la Ley 27.743 (Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes), los parámetros del régimen se ajustan periódicamente por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INDEC. La actualización que rige a partir de julio toma como referencia la inflación acumulada del primer semestre, incluyendo el dato de junio. Esto impacta en tres variables centrales para cada categoría:- Topes de facturación anual (ingresos brutos de los últimos 12 meses).
- Impuesto integrado mensual.
- Componentes previsionales y de obra social (aportes al SIPA y al sistema de salud).
Los montos definitivos de la tabla son fijados por ARCA (ex AFIP) mediante resolución general. Hasta que se publique oficialmente, los valores que circulan son estimaciones basadas en la inflación proyectada de junio.
Cuándo se hace la recategorización
La recategorización de mitad de año cubre el período comprendido entre julio de 2024 y junio de 2025. El procedimiento se realiza a través del portal de Monotributo en la web de ARCA.Quiénes deben recategorizarse
Revisar la facturación de los últimos 12 meses
Sumá todos los ingresos brutos facturados entre julio 2024 y junio 2025.
Comparar con los nuevos topes
Verificá en qué categoría caés según la tabla actualizada que publique ARCA.
Evaluar otros parámetros
Además de la facturación, considerá superficie afectada, energía consumida y alquileres devengados.
- Tengan menos de seis meses de antigüedad como monotributistas al momento del trámite.
- Mantengan la misma categoría que ya venían declarando.
Qué pasa si me excedo del tope
Si la facturación de los últimos 12 meses supera el tope máximo de la categoría más alta (categoría H para locaciones y prestaciones de servicios, categoría K para venta de cosas muebles), corresponde la exclusión del régimen y el pase al Régimen General (IVA y Ganancias).Recomendaciones prácticas
- Cruzá tus comprobantes emitidos con lo registrado en “Mis Comprobantes” de ARCA antes de hacer cualquier cálculo.
- Considerá los ingresos en moneda extranjera convertidos al tipo de cambio del día de cada operación.
- Guardá los papeles de trabajo que respalden el cálculo, en caso de fiscalización.
- Revisá los pagos mensuales de los meses siguientes: el nuevo importe rige desde agosto en adelante.