Qué son las deducciones y por qué importan
Las deducciones son gastos que la ley reconoce como restables de la ganancia bruta antes de aplicar la escala del impuesto. No son un crédito fiscal ni un reintegro: operan disminuyendo la base sobre la que se calcula el tributo. Por eso, su impacto real depende de la alícuota marginal del contribuyente.Para que un gasto sea deducible debe estar respaldado por comprobantes válidos (factura A, B o C según corresponda), estar a nombre del contribuyente o de una carga de familia declarada, y haberse abonado mediante medios bancarizados cuando la normativa así lo exige.
Cargas de familia
Las cargas de familia son una de las deducciones más utilizadas. Permiten descontar un monto fijo anual por cada familiar a cargo que cumpla con los requisitos legales:- Cónyuge o conviviente (con unión convivencial inscripta).
- Hijos, hijastros menores de 18 años o incapacitados para el trabajo.
Gastos médicos y prepaga
Dentro de la salud se admiten dos deducciones diferenciadas:| Concepto | Tope / Condición |
|---|---|
| Cuotas de medicina prepaga | Hasta el límite porcentual sobre la ganancia neta que fije la reglamentación |
| Honorarios médicos y odontológicos | 40% de lo facturado, con tope sobre la ganancia neta |
Alquiler de vivienda
Quienes alquilen su vivienda destinada a casa-habitación pueden deducir hasta el 40% del monto del alquiler, con el tope del mínimo no imponible anual, siempre que no sean titulares de ningún inmueble en ninguna proporción. Requiere contrato de locación registrado y facturas emitidas por el locador.Otros conceptos deducibles frecuentes
- Intereses de créditos hipotecarios por casa-habitación, con tope anual.
- Personal doméstico: sueldos y contribuciones, hasta el equivalente al mínimo no imponible.
- Seguros de vida y de retiro, con topes específicos.
- Donaciones a fiscos nacionales, provinciales, municipales y entidades exentas reconocidas, hasta el 5% de la ganancia neta.
- Aportes a planes de seguro de retiro privados.
- Gastos de sepelio del contribuyente o cargas de familia.
- Movilidad, viáticos y gastos de corredores y viajantes de comercio.
Cómo cargar las deducciones paso a paso
Relevamiento de comprobantes
Juntá todos los comprobantes del período fiscal: facturas de prepaga, recibos de alquiler, contratos, facturas de honorarios médicos, recibos de personal doméstico, etc.
Validación de requisitos formales
Verificá que cada comprobante esté a nombre del contribuyente o de una carga declarada, y que el medio de pago cumpla con la bancarización exigida.
Carga en SiRADIG (empleados en relación de dependencia)
Ingresá al servicio con clave fiscal y completá el F.572 web informando cargas de familia, deducciones y percepciones sufridas. El plazo habitual cierra el 31 de marzo del año siguiente al período declarado.
Liquidación anual (autónomos)
Cargá las deducciones en el aplicativo o servicio web de Ganancias Personas Humanas al confeccionar la DDJJ anual.
Errores frecuentes a evitar
- Tomar el 100% de honorarios médicos en lugar del 40% admitido.
- Deducir alquiler siendo titular —aunque sea parcial— de otro inmueble.
- Olvidar descontar los reintegros de la prepaga al calcular honorarios deducibles.
- No actualizar las cargas de familia cuando un hijo cumple 18 años.
- Cargar gastos sin factura o con comprobantes a nombre de terceros.