Qué se puede regularizar
El régimen alcanza a tres grandes universos de obligaciones:- Impositivas: deudas por impuestos nacionales administrados por ARCA.
- Aduaneras: obligaciones vinculadas a operaciones de comercio exterior.
- Seguridad social: aportes y contribuciones adeudados.
El plan también contempla a entidades sin fines de lucro, un universo que suele quedar excluido de este tipo de regímenes especiales y que en general enfrenta dificultades para acceder a financiamiento tradicional.
Quiénes pueden adherir
El régimen está dirigido específicamente a:| Sujeto | Condición |
|---|---|
| Micro, Pequeñas y Medianas Empresas | Con certificado MiPyME vigente |
| Pequeños contribuyentes | Monotributistas y responsables inscriptos de menor envergadura |
| Entidades sin fines de lucro | Asociaciones civiles, fundaciones y similares |
Cómo acceder
Verificar la condición subjetiva
Confirmá que el contribuyente encuadre como MiPyME (con certificado vigente), pequeño contribuyente o entidad sin fines de lucro.
Identificar las obligaciones a incluir
Relevá las deudas impositivas, aduaneras y previsionales con vencimiento hasta el 30/06/2026 que se van a regularizar.
Ingresar al servicio de ARCA
Adherir al plan mediante el sistema web de ARCA con clave fiscal, seleccionando el régimen creado por la RG 5875/2026.
Definir el plan de cuotas
Elegir la cantidad de cuotas dentro del máximo habilitado según el perfil del contribuyente (hasta 18).
Un plan más amplio en análisis
En paralelo, trascendió que ARCA analiza un régimen adicional de hasta 48 cuotas orientado especialmente a pymes, que permitiría además reformular planes caducos de moratorias previas. Esta segunda herramienta sería similar a la que estuvo vigente hasta marzo pasado, pero por ahora se mantiene en etapa de estudio y no fue oficializada. Para el asesoramiento profesional, conviene tratar ambas iniciativas como pistas distintas: la RG 5875/2026 ya está vigente, mientras que el régimen de 48 cuotas es todavía una expectativa sujeta a confirmación normativa.Recomendaciones para contadores y responsables administrativos
- Hacer un mapa de deudas al 30/06/2026 por contribuyente, separando impositivas, aduaneras y previsionales.
- Revisar planes caducos existentes, dado que podrían ser reformulables si se confirma el segundo régimen en estudio.
- Priorizar deudas con intereses más altos al momento de armar el plan, para maximizar el beneficio financiero.
- Confirmar la vigencia del certificado MiPyME antes de adherir: sin certificado activo, la adhesión al régimen podría rechazarse.
- Documentar la decisión cuando se trate de entidades sin fines de lucro, con el acta correspondiente del órgano de administración.