Quiénes están obligados a presentar
La obligación de presentar la declaración jurada no depende solamente de los ingresos: hay varios factores que la activan. En términos generales, debés presentar si te encontrás en alguna de estas situaciones:- Estás inscripto en el impuesto a las Ganancias o en Bienes Personales.
- Superaste los montos mínimos de ingresos brutos anuales que fija ARCA para empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados.
- Tenés bienes (en el país o en el exterior) cuyo valor total supera el mínimo no imponible de Bienes Personales.
- Sos responsable sustituto (por ejemplo, por participaciones societarias o por bienes de sujetos del exterior).
Aun cuando el empleador haya actuado como agente de retención durante todo el año y el saldo del impuesto sea cero, la obligación formal de presentar la DDJJ subsiste si se superan los umbrales establecidos por ARCA.
Ganancias: empleados en relación de dependencia
Para los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y actores que perciben rentas a través de la Asociación Argentina de Actores, la obligación se dispara cuando los ingresos brutos anuales superan el tope que ARCA define para el período fiscal. Quien lo supere debe:- Presentar la declaración jurada informativa de Ganancias.
- Presentar la declaración jurada informativa de Bienes Personales, si además no está inscripto en ese impuesto.
Bienes Personales: el mínimo no imponible
En Bienes Personales, la obligación se activa cuando el valor total de los bienes al 31 de diciembre supera el mínimo no imponible vigente. A ese valor se le suma, por separado, el tratamiento diferencial del inmueble destinado a casa-habitación, que cuenta con su propio umbral de exención.Cómo verificar la situación ante ARCA
Antes de definir si corresponde presentar, conviene cruzar la información que el propio organismo ya tiene cargada. Estos son los pasos recomendados:Ingresá con Clave Fiscal
Accedé al portal de ARCA con el CUIT del contribuyente y verificá los impuestos en los que figura inscripto en el Sistema Registral.
Revisá Nuestra Parte
En el servicio Nuestra Parte vas a encontrar los datos pre-cargados por ARCA: sueldos, honorarios, consumos con tarjeta, inmuebles, automotores, cuentas bancarias y tenencias.
Controlá retenciones y percepciones
Verificá en Mis Retenciones lo informado por agentes de retención. Esto te permite estimar ingresos gravados y anticipar el saldo de la DDJJ.
Qué pasa si no presentás
La omisión de presentación, aun cuando no haya impuesto a pagar, habilita a ARCA a aplicar multas formales según la Ley 11.683 de Procedimiento Tributario y a iniciar requerimientos. Además, suele derivar en:- Inclusión en categorías de riesgo más altas del SIPER.
- Demoras o rechazos en la devolución de retenciones practicadas en exceso.
- Inconvenientes para obtener constancias de no retención o exclusiones de regímenes.
Recomendaciones para estudios contables
- Segmentá la cartera entre obligados por inscripción, por superar el tope salarial y por patrimonio.
- Pedí a los clientes constancias de tenencias bancarias y bursátiles al 31/12, además de valuaciones de inmuebles y rodados.
- Documentá los ingresos no gravados o exentos (por ejemplo, indemnizaciones) para sostener la postura ante una eventual fiscalización.
- Conservá la constancia de presentación y los papeles de trabajo durante el plazo de prescripción.