A quiénes alcanza la actualización
El Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (Ley 26.844) comprende a quienes prestan tareas de:- Limpieza y mantenimiento del hogar.
- Cuidado de personas (niños, adultos mayores, personas con discapacidad o enfermas), sin fines terapéuticos.
- Asistencia personal y acompañamiento.
- Caseros y tareas de jardinería vinculadas al domicilio.
Los tramos horarios para determinar los montos son tres: menos de 12 horas semanales, entre 12 y 16 horas semanales y 16 horas o más semanales. Verificá la jornada efectiva del trabajador antes de generar el volante de pago.
Cómo se compone el pago mensual
El total mensual que ingresa el empleador se integra con tres conceptos diferenciados:| Concepto | Destino |
|---|---|
| Aportes | Sistema Nacional del Seguro de Salud y régimen jubilatorio del trabajador |
| Contribuciones | A cargo del empleador, con destino previsional y de obra social |
| Cuota ART + cuota fija | Cobertura obligatoria de riesgos del trabajo (Resolución SRT 32/2024 y modificatorias) |
Pasos para liquidar el período junio 2026
Identificar el tramo horario
Determiná las horas semanales trabajadas por cada empleado registrado. Si tenés más de un trabajador, generá un volante de pago por cada uno.
Ingresar al servicio Personal de Casas Particulares
Accedé con clave fiscal al portal de ARCA, opción Personal de Casas Particulares, y seleccioná el período 06/2026.
Verificar los importes actualizados
El sistema toma automáticamente los nuevos valores publicados por ARCA. Controlá que coincidan con la tabla vigente antes de confirmar.
Consecuencias de no actualizar los importes
Pagar con valores desactualizados equivale a un pago parcial. Las implicancias prácticas son:- Deuda automática por la diferencia, con intereses desde el vencimiento original.
- Pérdida de cobertura de ART del trabajador, lo que expone al empleador a responder con su patrimonio frente a un accidente laboral (art. 28 de la Ley 24.557).
- Inconsistencias en los aportes a la obra social, que pueden derivar en la suspensión de las prestaciones para el empleado y su grupo familiar.
- Posibles ajustes en futuras inspecciones del régimen.
Recordá que el empleador también debe cumplir con el pago del sueldo, SAC y vacaciones según la escala salarial fijada por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), que se actualiza por separado de los aportes a la seguridad social.
Recomendaciones para estudios contables
Si gestionás múltiples empleadores domésticos, conviene:- Armar un calendario mensual de vencimientos específico para casas particulares, separado del de monotributo y autónomos.
- Confirmar con cada cliente la jornada efectiva antes del cierre de mes, ya que un cambio de tramo modifica el importe total.
- Validar que la aseguradora de riesgos del trabajo contratada esté vigente y que la alícuota cargada en el sistema sea la correcta.
- Conservar los comprobantes de pago: son la prueba documental ante cualquier reclamo del trabajador o inspección.