1. Plazo de pago y base de cálculo
El medio aguinaldo equivale al 50% de la mejor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro del semestre (enero–junio). Esto incluye conceptos remunerativos habituales: sueldo básico, adicionales, comisiones, horas extras y premios sujetos a aportes.2. Impacto en el Impuesto a las Ganancias
El SAC tiene un tratamiento particular en la retención del Impuesto a las Ganancias (hoy Impuesto Cedular sobre Mayores Ingresos, según corresponda). El criterio general consiste en prorratear el aguinaldo a lo largo de los doce meses del año, sumando una doceava parte mensual a la base de cálculo de la retención.Este mecanismo busca evitar saltos bruscos en la retención durante junio y diciembre. En la práctica, el sistema de liquidación debe contemplar tanto la proyección mensual como el ajuste final al momento del pago efectivo del SAC.
- Que el software de liquidación esté aplicando correctamente el prorrateo.
- Que las deducciones informadas por el empleado en el F.572 web (SiRADIG) estén actualizadas.
- Que los topes y mínimos no imponibles vigentes en junio 2026 estén cargados.
3. Tratamiento de los retroactivos
Cuando durante el semestre se abonaron diferencias salariales por paritarias, recategorizaciones o ajustes retroactivos, esos montos deben incorporarse a la base de cálculo del SAC en el período al que corresponden, no en el mes en que se pagaron.Procedimiento sugerido
Identificar el período devengado
Determinar a qué meses corresponde el retroactivo dentro del semestre enero–junio.
Recalcular la mejor remuneración
Sumar el retroactivo al sueldo del mes correspondiente para verificar si modifica la “mejor remuneración mensual”.
4. Ausencias injustificadas y licencias sin goce de sueldo
Las ausencias injustificadas y las licencias sin goce de haberes reducen proporcionalmente el SAC. El cálculo se realiza sobre los días efectivamente trabajados o con goce de sueldo dentro del semestre. En cambio, las licencias pagas (vacaciones, enfermedad inculpable dentro del plazo legal, licencias especiales) no afectan el cómputo.5. Cambios introducidos por la reforma laboral
La reforma laboral incorporó modificaciones que pueden impactar en la liquidación del SAC, especialmente en lo referido a:- Tratamiento de conceptos no remunerativos pactados en convenios.
- Modalidades de contratación con bases de cálculo específicas.
- Extinción del contrato durante el semestre y proporcionalidad del SAC.
6. Egresos durante el semestre: SAC proporcional
En los casos de extinción del vínculo laboral antes del 30 de junio —por renuncia, despido, jubilación o fallecimiento— corresponde abonar el SAC proporcional al tiempo trabajado en el semestre. La base sigue siendo el 50% de la mejor remuneración mensual, ajustada por la fracción del semestre efectivamente trabajada.Checklist final antes de liquidar
| Punto a verificar | Estado |
|---|---|
| Identificación de la mejor remuneración del semestre | ✅ |
| Incorporación de retroactivos al período devengado | ✅ |
| Descuento proporcional por ausencias injustificadas | ✅ |
| Cálculo correcto de retención de Ganancias con prorrateo | ✅ |
| Revisión de convenios y reforma laboral aplicables | ✅ |
| SAC proporcional para egresos del semestre | ✅ |